06/Oct/09 17:17
Re: IVA acreditable en un contrato de intercambio de servicios.
Hola:
El concepto
pago significa que es la extinción de alguna obligación (deuda de hecho o cosa). Existen diversas formas de cumplir con el pago:
la liquidación en efectivo, la compensación, la dación en pago, la condonación, el disentimiento, la condonacion, etc.
Se expresa que habria una
compensacion.- que juridicamente
es la extincion simultanea de dos obligaciones por la diferenca de ambas.
Para que pueda darse la compensacion debe existir lo siguiente (
requisitos):
1.- Que ambas obligaciones
sean exigibles. Lo cual conlleva que deba existir en este caso una factura vencida.
2.- Que sean cuantificables y
determinables, que se establezcan de manera liquida.
3.- Que sean del
mismo genero o tipo. En este caso, serian servicios
4.- Que
no se presente impedimento legal o contractual en el origen de las deudas originales.
5.- Que se desarrolle el acuerdo o
contrato correspondiente a la compensacion.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?