01/Oct/09 09:51
Re: PAGO EN PARCIALIDADES EN DECLARACION ANUAL [color=blue][object][/color]
no...........no podras,.............esa es una facilidad para cuando se presenta en tiempo y forma...
pero podras INTENTARsolicitar el esquema normal de parcialidades,..........si te lo autorizan (es dificil),.....pues ya la hiciste
Qué es el Pago en Parcialidades?
Es la opción que se tiene de pagar el impuesto anual a cargo en forma diferida o parcialmente, hasta en seis mensualidades consecutivas e iguales, sin autorización previa y sin tener que garantizar el interés fiscal. Para ello, debe hacer lo siguiente:
Señale en el programa DeclaraSAT el número de parcialidades elegidas sin exceder de seis:
Presente la declaración anual a
más tardar en abril, cubriendo la primera parcialidad.
Pague la segunda parcialidad y posteriores con la forma fiscal FMP-1, que debe solicitar en la Administración Local de Servicios que le corresponda, en la que se incluirán la actualización y recargos que correspondan.
Lo anterior quedará sin efectos y las autoridades fiscales requerirán el pago inmediato del crédito fiscal cuando el mismo no se haya cubierto en su totalidad, a más tardar el 30 de septiembre de 2009.
Qué sucede si se dejan de pagar las siguientes parcialidades
Una vez ejercida esta opción, no podrá ser cambiada.
Última actualización: 02/marzo/2009, 11:20, información vigente
saludos
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