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25/Sep/09 16:38
PAGO DE IVA POR COMISION DE AFORE

Buenas tardes, les envío un cordial saludo

El presente caso es de una persona física que careciendo del conocimiento fiscal y aprovechándose de su ignorancia ha estado recibiendo pagos de una aseguradora por concepto de gratificación o comisión, ya que en su intento de entrar como agente de afore comenzó a hacer su labor de conseguir usuarios para que se cambien a la afore que iba a representar, al no conseguir su licencia o cedula no continuo con ese trabajo.

El problema de que les hablo es desde 2003 ya que si consigue un cliente y este se inscribe en la afore que iba a representar, desde el 2003 cada mes de enero y julio recibe un deposito de aproximadamente $ 500 respectivamente en una cuenta bancaria que había dado a la empresa hasta este 2009 siguen depositando esa cantidad aproximadamente. La aseguradora o afore le entrega una constancia “anual” por el monto total pagado y le retiene 10% de ISR, el IVA no se lo paga y no se lo retiene, la constancia esta con concepto de A1 (HONORARIOS PROFESIONALES) la persona física no ha entregado ninguna factura o recibo de honorarios, ya que nunca obtuvo su cedula, desde esa fecha él se encuentra con la obligación de ISR P.F. ACT. EMP. REG. INTERMEDIO y si tiene la obligación de IVA.

En el SAT (orientación fiscal) le informaron que presente las declaraciones mensuales de ISR, IVA, IETU, ISR al Estado, informativas y ANUAL.

Nunca hizo facturas o recibo de honorario, (lo vio facil) y no ha pagado impuestos. Por lo que quiere ponerse al día y estar en orden con el SAT, pero tengo la duda de si debe de declarar ingresos para el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ya que en el articulo 15 de la ley del IVA en la fraccion IX menciona que esta exento el pago que reciban los agentes de seguros.

¿Deberia de pagarle al SAT el 15% de lo cobrado como concepto de IVA?

En la ley de IVA:
Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
II.- Las comisiones que cobren las administradoras de fondos para el retiro o, en su caso, las instituciones de crédito, a los trabajadores por la administración de sus recursos provenientes de los sistemas de ahorro para el retiro y por los servicios relacionados con dicha administración, a que se refieren la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como las demás disposiciones derivadas de éstas.
IX.- El aseguramiento contra riesgos agropecuarios, los seguros de crédito a la vivienda que cubran el riesgo de incumplimiento de los deudores de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles, destinados a casa habitación, los seguros de garantía financiera que cubran el pago por incumplimiento de los emisores de valores, títulos de crédito o documentos que sean objeto de oferta pública o de intermediación en mercados de valores, siempre que los recursos provenientes de la colocación de dichos valores, títulos de crédito o documentos, se utilicen para el financiamiento de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación y los seguros de vida ya sea que cubran el riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones, así como las comisiones de agentes que correspondan a los seguros citados.
GRACIAS POR SU OPINION RECIBAN UN CORDIAL SALUDO DE MI PARTE.


Editado: Septiembre 25, 2009 16:39:50Editado: Septiembre 25, 2009 16:40:58
 
Jorge Lugo
 
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26/Sep/09 17:30
Re: PAGO DE IVA POR COMISION DE AFORE

JORGE LUGO:

' es de una persona física.... ha estado recibiendo pagos de una aseguradora por concepto de .... comisión... como agente de afore........, al no conseguir su licencia o cedula no continuo con ese trabajo.
El problema de que les hablo es desde 2003...., desde el 2003 cada mes de enero y julio recibe un deposito de aproximadamente $ 500 respectivamente en una cuenta bancaria que había dado a la empresa hasta este 2009 siguen depositando esa cantidad aproximadamente. La aseguradora o afore le entrega una constancia “anual” por el monto total pagado y le retiene 10% de ISR, el IVA no se lo paga y no se lo retiene, la constancia esta con concepto de A1 (HONORARIOS PROFESIONALES) la persona física no ha entregado ninguna factura o recibo de honorarios, ya que nunca obtuvo su cedula, desde esa fecha él se encuentra con la obligación de ISR P.F. ACT. EMP. REG. INTERMEDIO y si tiene la obligación de IVA.
Nunca hizo facturas o recibo de honorario, (lo vio facil) y no ha pagado impuestos. Por lo que quiere ponerse al día y estar en orden con el SAT, pero tengo la duda de si debe de declarar ingresos para el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ya que en el articulo 15 de la ley del IVA en la fraccion IX menciona que esta exento el pago que reciban los agentes de seguros.
¿Deberia de pagarle al SAT el 15% de lo cobrado como concepto de IVA?
'



Hola, Jorge:
PRIMERO.- Desde mi punto de vista, considero que las obligaciones que usted tiene ante el SAT, son las correctas. Es decir: ISR por Regimen Intermedio, IVA, Retencion de IVA y ahora el famoso IETU....Ser comisionista es una actividad empresarial y por lo tanto encuadra perfectamente en dicho regimen en comento...

SEGUNDO.- Y justo por lo que le comentaba anteriormente, dicha actividad TAMBIEN ESTA GRAVADA AL 100% DE IVA...Es decir....al 15% de IVA...Vamos viendo el fundamento de IVA que a usted le aplica:
Art. 1 LIVA: SUJETOS OBLIGADOS AL PAGO DEL IMPUESTO: 'Estan obligadas al pago de IVA....Las personas fisicas....que....realicen los actos o actividades siguientes:
FII.- Presten Servicios Independientes.'

Art. 14 LIVA: CONCEPTO DE PRESTACION DE SERVICIOS: 'Para los efectos de esta Ley, se considera prestacion de servicios independientes:
FIV.- El mandato, LA COMISION, LA MEDIACION, LA AGENCIA, La representacion.....

Su cliente recibe ingresos POR COMISION, cierto? Entonces le corresponde el Art. antes citado y por lo tanto, esta obligado al IVA 100%....Correcto?...

TERCERO.- Ahora bien, usted comenta lo siguiente:

'pero tengo la duda de si debe de declarar ingresos para el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ya que en el articulo 15 de la ley del IVA en la fraccion IX menciona que esta exento el pago que reciban los agentes de seguros....¿Deberia de pagarle al SAT el 15% de lo cobrado como concepto de IVA?


Por lo que le comente anteriormente, por supuesto que tiene la obligacion de declarar los ingresos y pagarle al SAT el 15% de lo cobrado como concepto de IVA....El Art. 15 FIX de la LIVA que usted alude y que menciona 'que esta exento el pago que reciban los agentes de seguros' NO LE APLICA A USTED....Ademas, le falto agregar: '....A los seguros CITADOS QUE CORRESPONDAN'.....Vamos leyendo el Art. 15 FIX LIVA:

ART. 15 LIVA: EXENCIONES TRATANDOSE DE PRESTACIONES DE SERVICIOS: 'No se pagara el impuesto por la prestacion de los siguientes servicios:

FIX.- SEGUROS AGROPECUARIOS Y DE CREDITO A LA VIVIENDA .....(Con este titulo...De entrada que no le aplica en su caso...cierto???)

IX.- El aseguramiento contra riesgos agropecuarios, los seguros de crédito a la vivienda que cubran el riesgo de incumplimiento de los deudores de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles, destinados a casa habitación, los seguros de garantía financiera que cubran el pago por incumplimiento de los emisores de valores, títulos de crédito o documentos que sean objeto de oferta pública o de intermediación en mercados de valores, siempre que los recursos provenientes de la colocación de dichos valores, títulos de crédito o documentos, se utilicen para el financiamiento de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación y los seguros de vida ya sea que cubran el riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones, así como las COMISIONES DE AGENTES QUE CORRESPONDAN a los 'SEGUROS CITADOS'.

Como usted observara....Usted recibe INGRESOS POR COMISION...SI, pero comisiones por 'jalar clientes a la dicha Compañia de afore'.... no POR LOS 'CITADOS SEGUROS' que menciona el citado articulo ...Cierto?....O...acaso usted 'percibe comisiones que correspondan A LOS 'SEGUROS CITADOS'?...Es decir: Ingresos por comision por 'ASEGURAMIENTO VS RIESGOS AGROPECUARIOS, POR SEGUROS DE CREDITO Y VIVIENDA, SEGUROS DE GARANTIA FINANCIERA, ETC., ETC.,?....No...Claro que no....Por lo tanto, este articulo a usted desde mi punto de vista, NO LE APLICA....



CUARTO.- Ahora, por el lado de la Afore:

'
'La aseguradora o afore le entrega una constancia “anual” por el monto total pagado y le retiene 10% de ISR, el IVA no se lo paga y no se lo retiene, la constancia esta con concepto de A1 (HONORARIOS PROFESIONALES) la persona física no ha entregado ninguna factura o recibo de honorarios, ya que nunca obtuvo su cedula'


En lo que respecta a la Retencion del 10% ISR.....Considero a mi juicio, que la Afore se lo esta reteniendo INDEBIDAMENTE, toda vez que usted esta tributando bajo el Regimen de Intermedio y No el de Servicios profesionales (Honorarios)....Sin embargo, es entendible que como su cliente NUNCA le entrego un comprobante a la Afore (Factura o Recibo de Honorarios), entonces 'esta' asumio' que estaba tributando bajo el regimen de Honorarios y por lo tanto le aplico la retencion del 10% de ISR a que se refiere el Art. 127 Ultimo parrafo de la LISR....Tan es asi, que en la constancia anual que le entrega, hace alusion al concepto de Retencion por 'Honorarios profesionales'......
Ahora, por el lado que la Afore No le 'paga IVA' ni se lo retiene....Tambien considero a mi juicio que esta en lo incorrecto....Para empezar, ya comentamos que usted la obligacion de IVA la tiene correctamente, asi como la de Retencion de la misma...La compañia de Afore, a mi juicio SI DEBE RETENERLE IVA...El Art. 1-A FII d) LIVA asi se lo establece:

ART. 1-A LIVA: CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A EFECTUAR LA RETENCION DEL IMPUESTO QUE SE LES TRASLADE:
'Estan obligados a efectuar la retencion del Impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
FII.- SEAN PERSONAS MORALES QUE:
d).- RECIBAN SERVICIOS PRESTADOS POR COMISIONISTAS, CUANDO ESTOS SEAN PERSONAS FISICAS'.


.....Tal vez 'el hecho que la afore' No le traslade el IVA se deba a que se fundamente en el Art. 15 FII de la LIVA que usted mismo transcribio, mismo que dice que 'por ese concepto' se esta exento de IVA...y al estar exento de IVA...Entonces tampoco habria retencion de IVA...cierto?....Es decir....Retener IVA sobre un IVA Exento?....Sin embargo, este articulo tampoco LE APLICA A USTED...usted esta 'del otro lado' de la afore.....'Pueda' que a la afore le aplique dicho articulo....PERO NO CON USTED.....Leamos el Articulo:

ART. 15 LIVA: EXENCIONES TRATANDOSE DE PRESTACION DE SERVICIOS: 'NO SE PAGARA EL IMPUESTO por la prestacion de los siguientes servicios:

II.- 'LAS COMISIONES QUE COBREN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, o en su caso, las instituciones de credito, A LOS TRABAJADORES POR LA ADMINISTRACION DE SUS RECURSOS PROVENIENTES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO Y POR LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON DICHA ADMINISTRACION, a que se refieren la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, asi como las demas disposiciones derivadas de estas.'


Como vemos: Este articulo No le aplica a usted, mas bien le aplica a la AFORE por las COMISIONES QUE ELLOS COBREN.....NOTESE....que COBREN.....NO QUE PAGUEN....a quien? A LOS TRABAJADORES......y usted....es trabajador?....No...Usted es COMISIONISTA....Es decir: Si un trabajador 'x' pertenece a 'x' afore....la comision que la afore le cobre a ese trabajador por administrarle sus fondos de afore, estas estaran exentas de IVA.....


Se me hace raro que la Afore este actuando erroneamente, debe haber algo por ahi que no me esta quedando claro, pero asi como usted lo esta planteando pues a mi juicio creo que la afore no esta haciendo las retenciones correctas ni el traslado de IVA....claro, que tambien esto se complica al ver que el contribuyente desde entonces no le ha entregado ningun comprobante (Que no justifica el hecho de que nunca tuvo su cedula para imprimir sus comprobantes y no entregarlo) y este 'asuma' que este por honorarios...Tal vez la afore 'deduzca' esta erogacion por el comprobante del Estado de cuenta, pero pues... ese es otro rollo.....

Conclusion para mi:

1.- Presente las declaraciones correspondientes desde 2003 hasta la fecha en que le han pagado con sus obligaciones que tiene establecidas en su registro...Es decir...ISR regimen Intermedio, IETU ( 2008 Y 2009) ,IVA y retencion de IVA...CON PAGO....en virtud de que SI OBTUVO INGRESOS....Asi como tambien para que haya 'congruencia' con lo que declaro la Afore, la aplicacion del ISR Retenido indebido....
2.- Acerquese a la Afore para que se corrijan estas inconsistencias...O en todo caso, para que le den una explicacion al respecto....Puede que haya 'algo' que no se esta viendo y la afore esta actuando de esa manera....Queda claro que su cliente por No ser honorarios, la afore no deba Retenerle el 10% de ISR....Pero en el caso del IVA y retencion de IVA....No sera Jorge que 'la comision' que cobra su cliente a la afore efectivamente SI SEA POR LO ALUDIDO AL ART. 15 FIX DE LA LIVA???...Es decir, si las comisiones son por lo que 'corresponden a los seguros citados' de dicho articulo, entonces la afore estara en lo correcto de no trasladar IVA ni retener IVA....Pero, si su cliente No encuadra en lo establecido, pues claro que la afore estara en lo incorrecto....

Comenta???

Salu2!!!!1






Editado: Septiembre 26, 2009 17:37:44Editado: Septiembre 26, 2009 17:39:16
 
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memoli
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27/Sep/09 10:18
Re: PAGO DE IVA POR COMISION DE AFORE

'No sera Jorge que 'la comision' que cobra su cliente a la afore efectivamente SI SEA POR LO ALUDIDO AL ART. 15 FIX DE LA LIVA???...Es decir, si las comisiones son por lo que 'corresponden a los seguros citados' de dicho articulo, entonces la afore estara en lo correcto de no trasladar IVA ni retener IVA....Pero, si su cliente No encuadra en lo establecido, pues claro que la afore estara en lo incorrecto.... '

Buenos días, muchas gracias por tu precisa y clara explicación, la persona en mención en realidad es un sr. ya de cierta edad y para él se le hizo facil recibir ese dinero en su cuenta bancaria sin hacer nada, ahora vino el problema cuando el sat le solicito su declaración anual 2008. Por la parte arriba citada, la persona me explico que recibe ese dinero de una persona que ingreso a su afore, entonces la afore le paga o deposita ese dinero cada marzo y septiembre de cada año, le voy a plantear la necesidad de pagar el IVA, ademas de que debera pagar IETU, considerando que esta en regimen intermedio y esta obligado al pago de este impuesto.

Como te daras cuenta ya gasto el poco dinero de esos pagos, ahora le tocara pagar impuestos que no COBRO y que no pago en su tiempo.
 
Jorge Lugo
 
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JORGELUGO
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27/Sep/09 17:36
Re: PAGO DE IVA POR COMISION DE AFORE

JORGE LUGO:
'la persona me explico que recibe ese dinero de una persona que ingreso a su afore, entonces la afore le paga o deposita ese dinero cada marzo y septiembre de cada año'


Okay...Ya quedo confirmado entonces que los ingresos que obtiene por la Afore es precisamente una 'comision por jalarles clientes a ellos'...Por lo tanto, su cliente si es sujeto de IVA...

Suerte con su cliente!!!!
 
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memoli
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