Cuando la autoridad esta obligada a desglosar la cantidad que requiere de pago, respecto de un crédito fiscal, señalando el procedimiento por el cual se actualizó la cantidad, las operaciones aritméticas aplicadas, los índices nacionales de Precios al Consumidor.
chin......................que dificil entender este tipo de estudiantres con tarea.........
estas afirmando ?...................estas preguntando ?..........o como carajos entendemos tu escrito ?
ahhhhh, y sin saludar....sin agradecer...........
puro hacer que tipos como 'yo'........logren mas respuestas.........para obtener mas rangos........y llegar mas rapido a jefe supremo de las fuerzas armadas.....
ahhhhhhh y PARA SATURAR CON PURAS PEN...TERIAS EL SERVIDOR DE FISCALIA
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
Nop... la autoridad no esta obligada a entregar procedimientos de calculos, solamente de informar determinaciones (cantidades a liquidarse por: impuestos, recargos, multas, etc) pero el detalle de como fueron determinados, no es su obligacion manifestarlo por escrito. Mas sin embargo, si estan obligados a entregar las fundamentaciones legales que amparen todo el procedimiento administrativo que estarian aplicando. Los articulos de como procedieron aplicar la multa y su actualizacion
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?