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21/Ago/09 17:00
ERROR EN LA CONSTANCIA DE RETENCIONES Y PERSEPCIONES SALARIOS

Hola muy buenas tardes, agradeceria me orienten por la via legal, como obligar a mi retenedor a que realice una declaracion informativa para que corrija mi RFC... Les explico mi situacion:

En septiembre de 2007 temine mi relacion laboral con X empresa, ese mismo año inicie una nueva relacion laboral con otro patron, por ende la Ley me obliga a presentar mi declaracion anual, por tal motivo solicite mi constancia de percepciones y retenciones a mis dos patrones de ese año, mismas que me entregaron en tiempo y forma.
El 15 de abril de 2008 presente mi declaracion anual, a mediados de Mayo de 2008 recibi respuesta de hacienda en donde me especificaba que habia una inconsistencia y que el retenedor XXX-XXXXXX-XXX manifiesta no tener relacion laboral conmigo. Inmediatamente acudi a hacienda para saber de que se trataba y la manera de solucionarlo, hacienda me dijo que mi retenedor no me reconocia con mi RFC y fue cuando nos percatamos que la constancia de retencion en mi RFC no tenia homoclave y la solucion que me dieron en hacienda, fue que mi retenedor tenia que presentar una declaracion informativa o complementaria, no recuerdo bien y una vez que esto sucediera, mi retenedor me entregaría una nueva constancia de percepciones y retenciones. Esto mismo se lo plantie a mi retenedor y me envió una nueva constancia de percepciones y retenciones ya con mi RFC completo.

Con esta ultima carta de percepciones y retenciones presenté ante hacienda el formato 32 para devoluciones y como respuesta de hacienda, me llego una carta en donde me piden que por escrito les solicite a mi retenedor XXX-XXXXXX-XXX manifestando en la declaracion 2007 que ratifique los datos contenidos en la constancia respectiva y me lo hagan llegar para yo remitirlo al SAT y asi continuar con mi tramite.

Por lo que Hacienda me dijo, lo que sucedio con Inlod pueden ser dos cosas:

1.- El tramite que realizaron para corregir en su declaracion mi RFC no fue el adecuado
2.- Simplemente no se realizo ningun tramite y simplemente llenaron el formato de la constancia de percepciones y retenciones y sin tramite alguno ante Hacienda me lo enviaron. (que puede ser factible por que en esas fechas el encargado dejaba de laborar en la empresa y se le pudo haber hecho facil)

El dia 20 de agosto, me comunique con esa empresa y el nuevo encargado me dijo que que el no podia hacer nada debido a que era muy engorrozo ya que al presentar una aclaracion ante el SAT le era casi imposible por la cantidad de empleados que son y que no podia hacer nada al respecto.

Es por ello que necesito saber que via legal debo utilizar para obligar a la empreza a que corrija mi RFC

De antemano agradezco sus comentarios
 
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calutope
Soldado

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21/Ago/09 17:28
Re: ERROR EN LA CONSTANCIA DE RETENCIONES Y PERSEPCIONES SALARIOS

Buena tarde:

La empresa estaría cumpliendo en terminos de la Regla I.2.3.1.5. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada en el DOF del 27 de mayo de 2008, situación que debes hacer valer ante la autoridad (SAT), para que sea aceptado tu trámite de devolución de impuestos. En virtud de que ellos mismos (SAT) le estan dando la facilidad de presentar la información del RFC a diez posiciones.

La regla en cuestión dispone lo siguiente:

Inscripción al RFC de trabajadores
I.2.3.1.5. Los empleadores que no hayan inscrito ante el RFC a las personas a quienes les hubieran efectuado pagos durante el ejercicio de 2007 de los señalados en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR, tendrán por cumplida esta obligación cuando la Declaración Informativa Múltiple presentada en los términos de los Capítulos II.2.18. o II.2.19., según corresponda, contenga la información del RFC a diez posiciones y CURP, de las citadas personas.

De la misma forma, las personas físicas que tengan el carácter de socios, asociados o accionistas de personas morales que se constituyan ante fedatario público, notario o corredor público y aquellas que realicen la enajenación de bienes inmuebles ante fedatario público, notario público, podrán solicitar su inscripción al RFC, en caso de no estarlo ya, ante el mismo fedatario, cuando éste se encuentre incorporado al “Sistema de Inscripción y Avisos al Registro Federal de Contribuyentes a través de fedatario público por medios remotos”.
CFF 27, RMF 2008 II.2.18., II.2.19., (RMF 2007 2.3.1.15.)





Editado: Agosto 21, 2009 17:32:39
 

 
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a_cano
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23/Ago/09 05:36
Re: ERROR EN LA CONSTANCIA DE RETENCIONES Y PERSEPCIONES SALARIOS

Me temo que hay que ver las cosas desde un cristal muy distinto.

Obviamente el SAT no quiere aplicar la devolucion por eso las trabas de hacerle la vida de cuadritos al trabajador.

1.- Esa facilidad debio haber estado vigente a la fecha de la presentacion de la declaracion informativa 2008, que fue en 2009. En que fecha, no lo sé
2.- Las facilidades cambian constantemente, debe cerciorarse de que no haya sido eliminada o cambiada la redaccion en la fecha de la presentacion de esa declaracion informativa


3.- La facilidad si es que se tomo, seria para la empresa. No para el trabajador. Los puntos anteriores, no deben ser relavantes para su devolucion. No debe de voltear que hizo o que no hizo o que hara la empresa. Eso no le ayudara a su asunto.


4.- Al trabajador le debe bastar con entregar la constancia completa, presentacion apropiada de su declaracion anual y el llenado correcto del formulario correspondiente.
5.- Si le niegan la devolucion, que se lo hagan por escrito, y entonces, despues se debe interponer un recurso de inconformidad o de revocacion y no estar tratando de ayudar a los del SAT, que la empresa realice bien la declaracion informativa
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Ago/09 14:29
Re: ERROR EN LA CONSTANCIA DE RETENCIONES Y PERSEPCIONES SALARIOS

agradeceria me orienten por la via legal, como obligar a mi retenedor a que realice una declaracion informativa para que corrija mi RFC



MUY DIFICL, ....Y ES QUE AL SAT, LE CONVIENE QUE SE DEN ESTE TIPO DE SITUACIONES, A FIN DE NO REGRESAR LANA



SALUDOS
 
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lobozac
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