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17/Ago/09 18:24
venta y compra de vehiculo

Buenas tardes: Les expongo el siguiente caso y quisiera me puedan ayudar para la aplicacion contable...
Soy una persona fisica servicios profesionales.
En Febrero del 2006 compre una camioneta con valor de 159,121.74 mas iva
23,868.26 = 182,990.00. El IVA acreditable lo agote contra iva trasladado.
De febrero 2006 a Febrero 2009 deprecié 3 años. que fueron: 39,780.44 x cada año. faltando de depreciar un año porque la vendí el 5 de marzo 2009 en $90,000.00

En marzo 2009 compré una camioneta por $191,304.35 + iva 28,695.65 =$220,000.00
La compré al contado.
PREGUNTAS:
1.- como aplico el ingreso de la venta de la camioneta 2006? si ya tenia depreciado 3 años?.. a manera de que no me afecte con el pago del isr pues ese dinero lo ocupe para la compra de la otra.
2.- La depreciacion la empiezo a aplicar en marzo 2009? que seria el 25% entre 12 meses = cada mes $3985.51 (es correcto?)
3.- Aplicacion del IVA, puedo compensarlo contra IVA a pagar hasta agotar los $28,695.65?
4.- Como me afecta para IETU ? (tanto en el ingreso de 90,000 como en ladepreciacion de la 2009 )

Muchas gracias, se los agradezco, quiero corregir mi situacion fiscal, porque no meti ninguno de estos dos movimientos.
atte. margor
Editado: Agosto 17, 2009 18:42:17
 
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margor
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17/Ago/09 21:20
Re: venta y compra de vehiculo

Por el equipo viejito, se debe determinar un resultado fiscal por la enejenacion de ese bien.

Puede resultar alguna utilidad o una perdida.

Es decir, primero sacarias un costo fiscal del activo fijo vendido. Hasta el mes anterior a la fecha de la enajenacion (la parte no depreciada) y a su vez se podria actualizar mediante INPC

Lo anterior, seria el costo fiscal. Se enfrentaria contra la venta (importe sin incluir el IVA)
Asi obtendrias el resultado fiscal, que dependiendo del resultado se acumularia o se deduceria en la declaracion anual.

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Como compraste otro bien, se empieza a depreciar como un activo fijo nuevo, siempre y cuando se cumplan los requisitos de la LISR y sus procedimientos enunciados en esa ley o su reglamento.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Ago/09 21:24
Re: venta y compra de vehiculo

Para IETU, gravaria la totalidad de la venta. Lastima, no tiene costo ni deduccion alguna.

Y mas peor aun, dentro del credito fiscal de activos fijos adquiridos de 1998 a 2007 debe quitarse la parte proporcional de ese bien enajenado, a partir del pago provisional de cuando fue enajenado el bien. Bueno aunque este credito es una baba.... El quitar la proporcion señalada es una gota de saliba anterior. Mas bobosada seria.
 
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enrique9727
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17/Ago/09 21:43
Re: venta y compra de vehiculo

Muchas gracias. Mira hice esta resumen (respecto de la venta del vehiculo)
Tengo unas preguntas... y tambien quisiera saber si estoy bien.... si no, me puede corregir por favor? gracias.

INVERSION AUTOMOVIL X
FECHA DE ADQUISICION 05/02/2006
MONTO ORIGINAL DE LA INVERSION 159,121.74
FECHA DE VENTA Mar-09
PRECIO DE VENTA 90,000.00
DEPRECIACION HISTORICA ACUMULADA
MONTO ORIGINAL DE LA INVERSION 159,121.74
POR : TASA DE DEPRECIACION 25%
IGUAL DEPRECIACION HISTORICA ANUAL 39,780.44
ENTRE 12 MESES 12.00
IGUAL DEPRECIACION HISTORICA MENSUAL 3,315.04
POR : NUMERO DE MESES COMPLETOS DE UTILIZACION
(MZO. 2006- MARZO 2009) 10+12+12+2 36
IGUAL DEPRECIACION HISTORICA AL CIERRE DEL
EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR 119,341.31
COSTO FISCAL DE ACTIVO FIJO

MONTO ORIGINAL DE LA INVERSION 159,121.74
MENOS DEPRECIACION HISTORIA ACUMULADA AL
CIERRE DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR 119,341.31
IGUAL SALDO POR DEDUCIR DE LA INFVERSION
HISTORICA 39,780.44
POR FACTOR DE ACTUALIZACION 1.04758
IGUAL SALDO POR DEDUCIR DE LA INVERSION
ACTUALIZADA O COSTO FISCAL DEL ACTIVO
FIJO 41,673.00
donde :
INPC DEL ULTIMO MES DE LA PRIMERA MITAD
DEL PERIODO DE LA UTILIZACION EN EL
EJERCICIO DE LA DEDUCCION (agosto 2007)
(estoy en lo correcto el mes? ) 122.736

ENTRE INPC DEL MES DE ADQUISICION (FEBRERO 2006) 117.162
IGUAL FACTOR DE ACTUALIZACION 1.0476

PRECIO DE VENTA 90,000.00
MENOS SALDO POR DEDUCIR DE LA INVERSION
ACTUALIZADO O COSTO FISCAL DEL ACTIVO
FIJO 41,673.00

IGUAL GANANCIA POR ENAJENACION DE ACTIVO FIJO 48,327.00
POR TASA DE IVA 15%
IGUAL IVA CAUSADO POR LA ENAJENACION 7,249.05

PREGUNTAS: 1.- Los 7,249.05 de IVA los contabilizo en el mes de marzo como si hubiera obtenido un ingreso normal en ese mes?
2.- La ganancia por la venta del vehiculo $48,327.00 entran hasta la declaracion anual 2009?.... (en la decla provisional de marzo 2009) no afecta como ingreso?
3.- Quiere decir que en decla IETU tengo que manifestar los 90,000.00 ? importe en que la vendi? o los 48,327.00
Disculpe tantas preguntas pero la verdad en el SAT en lugar de orientar nos desorientan. Es que estoy preocupada por IETU porque si va a ser base el ingreso, pagaria muchisimo y con recargos y actualizacion mucho mas. El dinero que me dieron por la camioneta nunca lo deposité.. pues lo ocupe para la adquisicion del vehiculo nuevo.

Muchas gracias...






Editado: Agosto 17, 2009 21:46:03Editado: Agosto 18, 2009 00:03:00
 
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margor
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17/Ago/09 22:35
Re: venta y compra de vehiculo

PREGUNTAS: 1.- Los 7,249.05 de IVA los contabilizo en el mes de marzo como si hubiera obtenido un ingreso normal en ese mes?

En base a qué se piensa aplicar este procedimiento. Hasta el momento no entiendo por que no se desgloza el IVA por el valor de la venta. Se de otro procedimiento parecido al que comentas. Espero la corroboracion.

2.- La ganancia por la venta del vehiculo $48,327.00 entran hasta la declaracion anual 2009?.... (en la decla provisional de marzo 2009) no afecta como ingreso?
En que año se vendio el bien, en 2009.... procede acumularse en la anual
En pagos provisionales debes aplicar el procedimiento de la LISR correspondiente a PF


3.- Quiere decir que en decla IETU tengo que manifestar los 90,000.00 ? importe en que la vendi? o los 48,327.00
Debes informar la base para la tasa de 15%, 0% y exenta.


Disculpe tantas preguntas pero la verdad en el SAT en lugar de orientar nos desorientan. Es que estoy preocupada por IETU porque si va a ser base el ingreso, pagaria muchisimo y con recargos y actualizacion mucho mas. El dinero que me dieron por la camioneta nunca lo deposité... pero es obvio que la vendí... Puedo manifestar mucho menos ? de lo que realmente la vendi?

Eso ya depende de cada quien y su integridad. No es una pregunta que competa a este foro, ni topico.
 
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enrique9727
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18/Ago/09 00:07
Re: venta y compra de vehiculo

Hola, bueno el iva que pregunto es en base a la ganancia (utilidad) por enajenacion de activo fijo. sI lo desgloso directamente de la venta seria muchisimo mas. No hubo factura de por medio pues manejo solo recibo de honorarios, la venta fue a una persona fisica no contribuyente. Entonces según entiendo no desgloso iva, solo el total de la venta haciendo el calculo de ganancia (utilidad) y lo registro en la anual.
Ya entendí algunas cosas,,, la verdad estaba muy confundida... le agradezco mucho su atencion...
saludos.. margor
 
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margor
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18/Ago/09 01:03
Re: venta y compra de vehiculo

Hola margor:

Resulta que para la determinacion de impuestos debe tenerse BIEN presentes TODOS los hechos. La omision de alguno. Posiblemente cambia la forma de determinacion de impuestos.

Imaginese en el internet, le da click a otro link distinto por error. Lo manda a una pagina que no esperaria llegar. En internet es sencillo, le da un retroceso.... back y listo arreglado Matamoros.

En los impuestos a veces no es asi. Si ya pago, ya facturo, ya declaro... Pues si hay declaraciones complementarias. Pero la lana, ya se fue... para que se la regresen... se batallaria. O para determinar recargos.... aqui los back-up cuestan... y cuentan muy bien. Como en la Seccion Amarrilla.

En su caso, le atino... debe llevar IVA al 15% unicamente por la ganancia fiscal.
Habria que leer el RIVA. Pero, le anticipo que no es por que a la persona que se le enajena, tenga que ver que no es contribuyente. Si no por que es otra persona fisica. Si hubiese sido la otra persona una moral. Le debe aplicar el 15% por la venta completa.

Le debo el art del reglamento, pero este topico ya ha sido tratado diversas veces, puede consultar esta fundamentacion en los otros foros, y asi se documenta y queda bien segura de sus pasos.

cu
 
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enrique9727
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18/Ago/09 08:44
Re: venta y compra de vehiculo

HOLA:
De conformidad con la narración del caso se confirma lo siguiente:
1.- La venta del bien debe gravarse al 15%, en este caso no es aplicable el Art.27RLIVA(sigiero chequenlo bien)
2.- Para ISR grava la utilidad fiscal.
3.- Para IETU nada es acumulable de conformidad con la última oración de la fracción VII del Artículo 4 LIETU.Editado: Agosto 18, 2009 08:45:38
 

 
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SaúlCastroVázqz
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18/Ago/09 12:34
Re: venta y compra de vehiculo

Muchisimas gracias, les agradezco su respuesta. Ya le estoy dando una leidita a algunos temas de este foro y tambien al LIVA, entre mas leo mas me confundo, pero parece que mas o menos ya entendi. Y si , si tiene razon la pagado ya ni hablar... o al contrario las multas de igual manera..
Estoy muy agradecida por las respuestas.
saludos..
margos
 
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margor
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18/Ago/09 14:37
Re: venta y compra de vehiculo

saul

Lea por favor el numeral decimo cuarto transitorio del IETU..., dado que no aplica el acto accidental porque dicho autor percibe ingresos por actividades empresariales y profesionales capitulo II...( en correlacion con el numeral 4 fraccion VII IETU ) logicamente para IETU si grava.



saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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