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30/Jul/09 19:05
Prestaciones que tenga derecho un patrón de mas de 65 años

Hola, Tengo un planteamiento en el cual se derivan muchas dudas, ojala puedan contestarme porfavor, es el siguiente: Un patrón tiene 20 años con su empresa en la cual estaban dados de alta como trabajadores sus 2 hijos pero éstos hace tres años se han independizado y han puesto su propio negocio con el mismo giro. las dudas son las siguientes:
El primer patrón nunca ha tenido el beneficio del seguro; ¿Puede éste darse de alta ahora como trabajador de la empresa de sus hijos?, ¿o bajo que concepto sería? y ¿Cuales son las prestaciones a las que tendría derecho debido a su edad?.
Por parte de los hijos uno quedo como patrón y el otro como trabajador, el que quedo como patrón puede darse de alta como trabajador en la empresa del primer patrón y asi obtener los beneficios del seguro?
Gracias por su atención.
MaryCV.
 
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MariadelosAngelesCoronaVa
Soldado

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30/Jul/09 21:07
Re: Prestaciones que tenga derecho un patrón de mas de 65 años

La escencia de la ley del seguro social es para trabajadores, en el seguro voluntario si pueden afiliarse otro tipo de personas, Le recomiendo una leidita a la Ley del Seguro Social.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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30/Jul/09 21:52
Re: Prestaciones que tenga derecho un patrón de mas de 65 años

:neutral: Buenas noches. Asi es Juancarm, ni más ni menos... [no debiéramos faltar a la ética profesional]. En fin... no tardan Juan, no tardan.

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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30/Jul/09 22:04
Re: Prestaciones que tenga derecho un patrón de mas de 65 años

Buena noche:

Cabe agregar la definición de simulación de acuerdo con el Diccionario Jurídico Mexicano de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Simulación – del latín simulare, que significa imitar, representar lo que no es, fingir- En el lenguaje ordinario significa presentar engañosamente una cosa, como si en verdad existiera como tal, aunque en la realidad no es así. Entre las palabras simular y disimular hay una verdadera paronimia, las dos reconocen la misma etimología. En la simulación se hace aparecer lo que no existe; en la disimulación se oculta lo que en verdad existe; empero, en uno y otro caso, el propósito es el engaño.

Diccionario Jurídico Mexicano, 2007, t. IV, p. 3467


Editado: Julio 30, 2009 22:15:25
 

 
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a_cano
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31/Jul/09 01:58
Re: Prestaciones que tenga derecho un patrón de mas de 65 años

CONTADORA:

SUPONGO QUE EL SR. QUE HABLAS CREO UNA PERSONA MORAL, TE ACLARO QUE SI SE PUDO HABER REGISTRADO COMO TRABAJADOR SIEMPRE Y CUANDO PUDIERA DEMOSTRAR QUE REALIZABA UNA FUNCION DENTRO DE LA EMPRESA POR EJEMPLO :; DIRECTOR GENERAL Y ASU VEZ PODRIA SER ADMINISTRADOR UNICO. NO SE PUEDE REGISTRAR SI EL DUEÑO ESTA REGISTRADO ANTE HACIENDA COMO PERSONA FISICA. PERO SI PUEDE REGISTRARSE COMO PATRON EN EL REGIMEN VOLUNTARIO SI LO ACEPTA EL IMSS, SE PAGA UNA CUOTA ANUAL UNICA Y TIENE DERECHOS A TODOS LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL IMSS.

SI, DICES QUE UNOS DE SUS HIJOS TIENE UN NEGOCIO, TAMBIEN AHI LO PUEDE REGISTRAR COMO UN TRABAJADOR ADMINISTRATIVO CON SALARIO LOGICO DE ACUERDO AL PUESTO QUE LE PONGAS. NADA TE ACLARO QUE SI DEBES SACAR EL SALARIO CON QUE LO DES DE ALTA ANTE EL IMSS, LO DEBES HACER REAL. NO VAYAS A HACER LO QUE UNOS HACEN QUE NADA MAS LO REGISTRAN ANTE EL Y PAGAN LAS CUOTAS, PERO NUNCA SACAN O HACEN EL RECIBO DE NOMINA, ADEMAS TIENE QUE HABER CONTRATO DE TRABAJO. EL PUESTO ES LO DEMOS LO PUEDES METER EN LA ADMINSITRACION, VENTAS, ETC.
 
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playense
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