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21/Jul/09 18:55
OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

Bueno compañeros la cosa es asi...

Derivado de la lectura de lo siguiente ustedes que interpretan:

Información del IVA mediante declaración informativa múltiple
I.5.1.4. Para los efectos del[/] artículo 32, fracción VII de la Ley del IVA[/i], los contribuyentes cumplirán con la obligación de proporcionar la información del IVA a que se refiere dicho precepto, mediante la presentación de la Declaración Informativa Múltiple en los términos del Capítulo II.2.18.
LIVA 32, RMF II.2.18., (RMF 2007 5.1.6.)

Medios para presentar la declaración informativa múltiple
II.2.18.1. Para los efectos del artículo 31, primer párrafo del CFF y de los artículos 84, fracción III,
primer párrafo; 86, fracciones IV, VII, IX, X, XIII y XIV, inciso c); 101, fracciones V, última
oración, VI, incisos a) y b) y párrafo tercero; 118, fracción V; 133, fracciones VI, segundo
párrafo, VII, IX y X; 134, primer párrafo; 143, último párrafo; 144, último párrafo; 161, último
párrafo; 164, fracción IV; 170, séptimo párrafo y 214, primer párrafo de la Ley del ISR; 32,
fracciones V y VII de la Ley del IVA y Artículo Octavo, fracción III, inciso e) del Decreto por el
que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción
y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el Subsidio para el
Empleo, publicado en el DOF el 1 de octubre de 2007, los contribuyentes obligados a
presentar la información a que se refieren las disposiciones citadas, correspondiente al
ejercicio fiscal de que se trate, incluyendo la información complementaria y extemporánea de
éstas, deberán efectuarla a través de la Declaración Informativa Múltiple y anexos que la
integran, vía Internet o en medios magnéticos, observando el procedimiento siguiente:
I. Obtendrán el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple
correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, en la página de Internet del SAT u
opcionalmente podrán obtener dicho programa en medios magnéticos en la ALSC que
corresponda a su domicilio fiscal.
II. Una vez instalado el programa, capturarán los datos generales del declarante, así como
la información solicitada en cada uno de los anexos correspondientes, que deberá
proporcionarse de acuerdo a las obligaciones fiscales a que estén sujetos, generándose
un archivo que presentarán vía Internet o a través de medios magnéticos, de
conformidad con lo establecido en esta regla.
Los contribuyentes podrán presentar opcionalmente cada uno de los anexos contenidos
en el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple, según estén
obligados, en forma independiente, conforme a la fecha en que legalmente deben
cumplir con dicha obligación, acompañando invariablemente al anexo que corresponda,
la información relativa a los datos generales del declarante y resumen global contenidos
en el programa citado.
III. En el caso de que hayan sido capturados hasta 500 anexos (registros), el archivo con la
información se presentará vía Internet, a través de la página de Internet del SAT. El SAT
enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual
deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital
generado por dicho órgano.
IV. En el caso de que por la totalidad de los anexos hayan sido capturados más de 500
registros, la información se deberá presentar a través de medios magnéticos, ya sea en
disco(s) flexible(s) de 3.5”, en disco compacto (CD) o en cinta de almacenamiento de
datos (DAT). En este caso, el contribuyente deberá presentar los medios magnéticos
ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal, atendiendo adicionalmente a lo
dispuesto en el Anexo 1, rubro C, numeral 8, inciso b).
CFF 31, LISR 84, 86, 101, 118, 133, 134, 143, 144, 161, 164, 170, 214, LIVA 32, (RMF 2007
2.20.1.)

31/07/2008
Segundo. Por el ejercicio fiscal de 2008, se tendrá por cumplida la obligación prevista en los artículos 86, fracción VIII y 101, fracción V de la Ley del ISR, y 32-G del CFF, cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2008, en términos de la regla I.5.1.5.

AQUI HABIA SURGIDO LA DUDA DE QUE SI PRESENTABA LA DIOT YA NO TENIA QUE PRSENTAR LA INFORMATIVA DE IVA...A MI ENTENDER...SI HAY OBLIGACION PUESTO QUE EL ARTICULO SEGUNDO QUE SEÑALO ARRIBA, HACE MENCION A LA FRACCION PERO QUE SE REFIERE A LA DE CLIENTES Y PROVEEDORES...ES CORRECTA MI APRECIACION O HABRA ALGUN FUNDAMENTO LEGAL MAS...

 
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21/Jul/09 19:10
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

lcruizuscanga:
Información del IVA mediante declaración informativa múltiple
I.5.1.4. Para los efectos del artículo 32, fracción VII de la Ley del IVA, los contribuyentes cumplirán con la obligación de proporcionar la información del IVA a que se refiere dicho precepto, mediante la presentación de la Declaración Informativa Múltiple en los términos del Capítulo II.2.18.
LIVA 32, RMF II.2.18., (RMF 2007 5.1.6.)

La fracción VII se refiere a la información del IVA en las Declaraciones de ISR:

LIVA

Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

VII. Proporcionar la información que del impuesto al valor agregado se les solicite en las declaraciones del impuesto sobre la renta.

Esto es, si presentas la Información del IVA en el programa DIM, ya no la presentas en la Declaración Anual de ISR.

Lo referente a la DIOT, lo señala la Fracción VIII del mismo artículo 32 de LIVA y la presentación de la DIOT por todo el ejercicio, te exime de presentar la Declaración Anual de Clientes y Proveedores (Art. 86 Fracc, VIII LISR).

Esa es mi interpretación



Saludos




Editado: Julio 21, 2009 19:12:20
 
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21/Jul/09 19:14
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

gracias por tu respuesta chavalon...de hecho a esa conclusion es a la que llego...solo queria confirmar la interpretacion o si alguien sabia algo mas...ahora la pregunta seria cuantos sinceramente nos confiamos de no presentar esa informativa de iva....

saludos

 
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lcruizuscanga
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21/Jul/09 19:18
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

lcruizuscanga:
.... la pregunta seria cuantos sinceramente nos confiamos de no presentar esa informativa de iva....

A ver cuantos compañeros 'sinceros' se apuntan.......





Saludos
 
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CHAVALON
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21/Jul/09 19:24
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

Tal como te comente my friend, opino en el mismo sentido que Chavalon....así es que como dicen por ahí 'no se debe confiar en nadie, mas que en uno mismo'....

 
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21/Jul/09 19:47
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

Pos si...ni modo a presentar la informativa de IVA...ya me gano una el auditor externo...se va a poner recontento porque no me habia podigo encontrar nada aun...jejeje


saludos y gracias por sus respuestas....


 
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lcruizuscanga
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21/Jul/09 19:52
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

Leer estas aportaciones no solamente norman el criterio, sino lo enriquecen.
Cuando la autoridad te intimida y nos advierte que no serán deducible los sueldos si no se presentan antes del 15 de febrero el anexo 1 de la declaración informativa, de una buena vez aprovechas y mandas retenciones, donativos y el referido anexo 8 del IVA.
Por desgracia en la entidad federativa donde vivo, la autoridad hacendaria programa auditorias 'porque no presentaste la informativa del IVA', lo cual es una verdadera verguenza.
Esta impecable colaboración la voy a tener mas que presente ahora en adelante.
Reciban un cordial saludo.
 
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RubenPineda
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21/Jul/09 23:44
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

Algunas veces es mejor que se fijen (los del SAT) en cosas insignificantes como una 'informativa' y dejen de lado lo importante por andar buscando errores que en verdad son insignificantes......

Ando en plàticas para entrar al SAT a auditoria, y con lo que he escuchado y 'visto' en los portales fiscales alcanzarè a cubrir la cuota por varios años, y porsupuesto, con otros detalles que se ven con esos capaz que me pagaràn tipo 'comisionista'.....(es broma, pero si lo traigo entre mis planes....para divertirme un rato)
 
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22/Jul/09 09:08
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

Recapacita BR2...

bueno por otro lado siempre es bueno trabajar en el gobierno....vacaciones pagadas, viaticos, etc, etc...


pero recapacita BR2,,,jejeje


saludos

 
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22/Jul/09 11:01
Re: OBLIGACION DE PRESENTAR INFORMATIVA DE IVA (ANEXO 8 DIMM)

Que tal mi estimado Jesus...


Invariablemente que se tiene que presentar el anexo 8 correspondiente al IVA...de hecho en el DEM viene deshabilitado esos campos de IVA, puesto se entiende que ya debiste haber presentado en la multiple dicha informacion...



BR1

Te comento que tengo algunos conocidos laboran en auditoria en el SAT...y a todos les pagan cada 30 dias por honorarios........esos del sat creen que trabajan como hoobie....jejejeje


saludos
 
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