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01/Jul/09 16:31
fusion de sociedades

Hola compañeros del foro

Tengo el caso de una fusion que acabo de realizar , ya la registre en la registo publico de comercio y ya presente el aviso en la secretaria de hacienda, pero mi duda es cual es el fundamento para hacer la publicacion en el periodico oficial y cuantos dias se tienen alguien me puede orientar con esta duda de favor.
 
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cpgvt
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01/Jul/09 20:56
Re: fusion de sociedades

dale una leida a la LGSM, en estos articulos y correlativos

esperamos tus comentarios



saludos


CAPITULO IX
De la fusión, transformación, y escisión de las sociedades
Artículo 222.- La fusión de varias sociedades deberá ser decidida por cada una de ellas, en la forma
y términos que correspondan según su naturaleza.
Artículo 223.- Los acuerdos sobre fusión se inscribirán en el Registro Público de Comercio y se
publicarán en el Periódico Oficial del domicilio de las sociedades que hayan de fusionarse. Cada
sociedad deberá publicar su último balance, y aquélla o aquéllas que dejen de existir, deberá publicar,
además, el sistema establecido para la extinción de su pasivo.
Artículo 224.- La fusión no podrá tener efecto sino tres meses después de haberse efectuado la
inscripción prevenida en el artículo anterior.
Durante dicho plazo, cualquier acreedor de las sociedades que se fusionan, podrá oponerse
judicialmente en la vía sumaria, a la fusión, la que se suspenderá hasta que cause ejecutoria la sentencia
que declare que la oposición es infundada.
Transcurrido el plazo señalado sin que se haya formulado oposición, podrá llevarse a cabo la fusión, y
la sociedad que subsista o la que resulte de la fusión, tomará a su cargo los derechos y las obligaciones
de las sociedades extinguidas.
Artículo 225.- La fusión tendrá efecto en el momento de la inscripción, si se pactare el pago de todas
las deudas de las sociedades que hayan de fusionarse, o se constituyere el depósito de su importe en
una institución de crédito, o constare el consentimiento de todos los acreedores. A este efecto, las
deudas a plazo se darán por vencidas.
El certificado en que se haga constar el depósito, deberá publicarse conforme al artículo 223.
Artículo 226.-
 
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lobozac
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02/Jul/09 13:57
Re: fusion de sociedades

ok, estoy de acuerdo, de hecho ya habia leido esos articulos, pero aun no me queda claro o aun no queda contestada la pregunta , los articulos que mencionas no comentan del tiempo que se tiene para publicar los estados financieros de la fusion en el periodico oficial, hablan solo del momento en que surte efectos la fusion y del registro de la fusion.


Hay alguien mas en el foro que quiera compartir sus experiencias con fusiones.
 
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cpgvt
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02/Jul/09 14:14
Re: fusion de sociedades

Como bien mencionas, no hay un plazo para publicar el balance, sin embargo, ¿Cómo cumples con la obligación, que sí existe, de publicar el último balance?, ¿Qué sentido tendría publicarlo si ya pasaron los tres meses de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio?.

Como no esta claro, lo mejor es acercarse con la autoridad estatal, quien en todo caso sería quien puede dispensar a las sociedades que se fusionan de presentar dicho balance.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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02/Jul/09 16:36
Re: fusion de sociedades

es que 'si dice'.........

Artículo 223.- Los acuerdos sobre fusión se inscribirán en el Registro Público de Comercio y se
publicarán
en el Periódico Oficial del domicilio de las sociedades que hayan de fusionarse. Cada
sociedad deberá publicar su último balance, y aquélla o aquéllas que dejen de existir, deberá publicar,
además, el sistema establecido para la extinción de su pasivo.


Artículo 224.- La fusión no podrá tener efecto sino tres meses después de haberse efectuado la
inscripción prevenida en el artículo anterior


o SEA....HOY SE LLEGA AL ACUERDO, ......HOY O MAÑANA, ...LO MAS RAPIDO POSIBLE SE INSCRIBEN......Y EL DIA DE LA INSCRIPCION O UN DIA SESPUES O LO MAS RAPIDO POSIBLE.....SE PUBLICAN
Y SEGUN SEA LO TARDADO QUE DESEES HACER EL TRAMITE,.....Y SOLO DESPUES DE HABERLO HECHO,.........DEBERAN PASAR TRES MESES PARA QUE SURTA EFECTOS....


SALUDOS



Editado: Julio 02, 2009 16:36:53
 
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lobozac
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02/Jul/09 16:40
Re: fusion de sociedades

ya la registre en la registo publico de comercio y ya presente el aviso en la secretaria de hacienda, pero mi duda es cual es el fundamento para hacer la publicacion en el periodico oficial ......EL FUNDAMENTO YA TE LO DI


y cuantos dias se tienen alguien me puede orientar con esta duda de favor.........DE INMEDIATO ........SI QUIERES,.........O DENTRO DE TRES MESES,...SI QUIERES.............AL FIN QUE EL EFECTO SURTIRA, PRECISAMENTE CUANDO SE CUMPLAN TRES MESES ...CONTADOS DESDE EL DIA QUE LO INSCRIBISTE...


COMO VES,.........'SI DICE'


SALUDOS
 
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