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17/Jun/09 15:02
Inversiones Deducibles para IETU

SOY UNA PERSONA MORAL QUE COMPRE UN EDIFICIO Y UN TERRENO SON DEDUCIBLES PARA IETU.
 
Es mas Ignorante el que sabe y no lo usa que el que no sabe nada.
 
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ordoezyasos
Sargento Segundo

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18/Jun/09 12:30
Re: Inversiones Deducibles para IETU

SI

(supongo lo adquirio para el desarrollo de su actividad)


Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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18/Jun/09 15:17
Re: Inversiones Deducibles para IETU

Ordoezyasos

Bajo la tesitura del numeral 5 Fracción I primer párrafo, además de los requisitos del artículo 6 Fracción I, II, III del IETU los terrenos son deducibles conforme a lo siguiente:

Cito texto de ley que menciona lo siguiente:

Artículo 5. Los contribuyentes sólo podrán efectuar las deducciones siguientes:

I. Las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes, de servicios independientes o al uso o goce temporal de bienes, que utilicen para realizar las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley o para la administración de las actividades mencionadas o en la producción, comercialización y distribución de bienes y servicios, que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única.


De lo anterior se desprende, y específicamente del caso que nos ocupa, una empresa del sector inmobiliario cumple cabalmente los primeros requisitos previos para su deducción:

a) Para la empresa representa la adquisición de un Activo, que le generara ingresos a futuro, afectos al IETU.

b) Dicha adquisición del Bien se utilizara ya sea para la administración y/o servicios que de a lugar conforme al articulo 1 del IETU, es decir, que si el contribuyente que adquiere un bien y que obtenga ingresos de los mencionados en el numeral 1 es deducible dicha adquisición.



Además de lo ya expuesto, y para que cumpla en forma tacita y correcta dicha deducción para efectos del IETU, debe cumplir con lo siguiente y me permitiré plasmar lo siguiente:


Texto de ley IETU:



Artículo 6. Las deducciones autorizadas en esta Ley, deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Que las erogaciones correspondan a la adquisición de bienes, servicios independientes o a la obtención del uso o goce temporal de bienes por las que el enajenante, el prestador del servicio independiente o el otorgante del uso o goce temporal, según corresponda, deba pagar el impuesto empresarial a tasa única, así como cuando las operaciones mencionadas se realicen por las personas a que se refieren las fracciones I, II, III, IV o VII del artículo 4 de esta Ley. Cuando las erogaciones se realicen en el extranjero o se paguen a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, las mismas deberán corresponder a erogaciones que de haberse realizado en el país serían deducibles en los términos de esta Ley.

II. Ser estrictamente indispensables para la realización de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley por las que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única.

III. Que hayan sido efectivamente pagadas al momento de su deducción, incluso para el caso de los pagos provisionales. Tratándose de pagos con cheque, se considera efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado. Igualmente, se consideran efectivamente pagadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta. También se entiende que es efectivamente pagado cuando la obligación se extinga mediante compensación o dación en pago.


De lo anterior se especifica lo siguiente:

a) Que las erogaciones correspondan a la adquisición de bienes

b) Se cumple en forma cabal que de acuerdo al giro, en este caso de Inmobiliarias, dado que la actividad preponderante es un 100% , es decir, la adquisición tiene simetría con lo que se esta adquiriendo y que encaja en forma adecuada conforme al giro de dicha entidad.

c) Por ultimo dicha adquisición del terreno debe estar reflejada y pagada al momento de su deducción.


Con lo ya expuesto concluyo que la adquisición de terrenos por parte de entidades Inmobiliarias SI es deducible al IETU.


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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18/Jun/09 16:13
Re: Inversiones Deducibles para IETU

con la exposición de colega ,quedo muy claro solo hay que agregar que podria ser tambien el caso de una PF y rentarselo a la PM,SALUDOS
 
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garcyasocp
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