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10/Jun/09 08:04
PTU

Buenos dias..

Tengo la duda en relaciona este topico, si yo en la declaracion anual 2008 tome como deduccion la PTU del 2007 pagada en 2008 y la provision de la PTU pagada en 2009 quedo como no deducible... puedo aplicar este beneficio es decir reducir mis pagos provisionales con esa PTU pagada en 2009 aunque ya tome el la deduccion de la PTU pagada en 2008?

Espero no haberlos confundido. con mi planteamiento

Saludos
 
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erikaG
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10/Jun/09 09:23
Re: PTU

TE RESPONDERE EN RAZON D LO POCO QUE ENTIENDO AL PLANTEAMIENTO

si yo en la declaracion anual 2008 tome como deduccion la PTU del 2007 pagada en 2008
......EN 2008 DEDUJISTE LO DEL 2007

Y PROVISIONASTE EN 2008, .....PARA PAGAR EN 2009, SEGUN TU DICHO 'la provision de la PTU pagada en 2009 quedo como no deducible'...

ENTONCES EN RAZON DEL CONTENIDO DE LA FACILIDAD.........PODRAS HACERLO DEDUCIBLE

SALUDOS



Editado: Junio 10, 2009 09:27:02
 
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lobozac
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10/Jun/09 09:26
Re: PTU

Disminución ejercicio impuesto sobre la renta participación participación de los trabajadores en las utilidades sobre título trabajadores utilidad fiscal utilidades

Artículo 2 - Disminución de la PTU pagada de la utilidad para pagos provisionales


Artículo Segundo. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que tributen en los términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en disminuir de la utilidad fiscal determinada de conformidad con la fracción II del artículo 14 de dicha Ley, el monto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el mismo ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El citado monto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, se deberá disminuir, por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal de que se trate. La disminución a que refiere este artículo se realizará en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulativa.


http://www.fiscalia.com/legislacion-1-1-18536.html
 
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lobozac
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10/Jun/09 09:32
Re: PTU

Lobozac es correcto como lo planteaste entonces puedo deducir mi PTU de 2008 pagada en 2009 segun entiendo la respuesta

Saludos
 
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erikaG
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10/Jun/09 09:54
Re: PTU

pero solo por la parte de la provision.............


comenta si ese es el sentido de tu topico

gracias


saludos
 
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10/Jun/09 10:02
Re: PTU

si,......prevision pagada en 2009 ,................contra pagos provisionales 2009,..a partir de mayo en adelante

asi lo entiendo



saludos
 
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lobozac
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10/Jun/09 15:21
Re: PTU

Hola:

Hace tiempo lei un criterio del SAT, donde se permite la aplicacion de la PTU dentro de los pagos provisionales. El tratamiento se basaba que se aplique a partir de los meses y por los montos en que se estaria pagando la PTU. No antes, ni por mas.

Tambien habria de determinarse el CU, conforme a la LISR. Y es que algunos en lugar de Utilidad fiscal aplican el resultado fiscal entre los ingresos acumulables.

Se estaria duplicando el efecto de la PTU pagada. Ademas no es correcto estar aplicando una disminucion de PTU, desde el primer pagos provisional del año, si todavia no ha sido cubierta la PTU
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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11/Jun/09 07:55
Re: PTU

Gracias ya me quedo claro!!

Saludos
 
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erikaG
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