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09/Jun/09 16:30
PRESTACIONES

HOLA ME PODRIAN AYUDAR A SABER CUALES SON LAS PRESTACIONES QUE TIENEN DERECHO UN TRABAJADOR Y CUAL ES EL PORCENTAJE DE ESTA ????GRACIAS
 
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ccy
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09/Jun/09 16:59
Re: PRESTACIONES

Se tienen las prestaciones mínimas de ley..

Artículo 76 LFT.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Artículo 80 LFT.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Artículo 87 LFT.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
 
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CP_PACO
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09/Jun/09 23:19
Re: PRESTACIONES

:neutral: Buenas noches. Siguiendo con las prestaciones que encontramos en la ley... no olvidar la prima dominical.

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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10/Jun/09 08:06
Re: PRESTACIONES

Lic: gracias por la aportación, anexo el fundamento legal....

Artículo 71 LFT.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.

Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
 
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CP_PACO
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