RICARDO:
Te tengo malas noticias, los repecos no pueden acreditar el IDE, porque pagan en cuota fija. Pero fijate que de acuerdo a la norma (ley) codigo fiscal considero que la opcion que tendrias seria analizar lo que dice el articulo de devoluciones, pero tendria que hablar con un abogado fiscalista, para que el te diga que posibilidades tienes de ganarle al sat, en el juicio y cual seria el costo beneficio. Nada mas que si debes conseguir a un buen abogado y que sea honesto.
luego nos comentas que decision tomastes
mike
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