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24/May/09 12:36
DOS DOMICILIOS...O MAS

Registro No. 167758
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIX, Marzo de 2009
Página: 413
Tesis: 2a./J. 26/2009
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa

COMPROBANTES FISCALES. REQUISITOS QUE DEBEN SATISFACER, TRATÁNDOSE DE CONTRIBUYENTES QUE TENGAN MÁS DE UN LOCAL O ESTABLECIMIENTO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 29-A, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN).

El artículo 29-A, fracción I, del Código Fiscal de la Federación establece que entre los requisitos que deben reunir los comprobantes fiscales a que se refiere el artículo 29 del mismo ordenamiento legal, se encuentra el de precisar el domicilio fiscal. Ahora bien, tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, los comprobantes deben contener impreso no sólo el domicilio fiscal, sino también el domicilio de la sucursal de donde se expidan los comprobantes, lo cual permite a la autoridad fiscal un control de los ingresos en forma diferenciada por local o establecimiento. Además, lo anterior es acorde con el hecho de que para la práctica de diligencias de la autoridad hacendaria, el legislador la facultó para realizarlas en el domicilio fiscal en que se encuentre real y materialmente la administración principal y no en cualquier domicilio convencional, lo que implica que el lugar que debe considerarse como domicilio fiscal no quede sujeto a la voluntad de la autoridad hacendaria ni a lo que señale el particular. El resto de los requisitos que deben contener los comprobantes fiscales, además del domicilio fiscal y el de la sucursal de donde se expiden, son: el nombre, denominación o razón social, la clave del registro federal del contribuyente de quien lo expida, contener impreso el número de folio, el lugar y fecha de expedición, la clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida, la cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen, el valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra, así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, desglosado por tasa de impuesto, en su caso, el número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación, la fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado y, tratándose de comprobantes que amparen la enajenación de ganado, la reproducción del hierro de marcar de dicho ganado, siempre que se trate de aquel que deba ser marcado.
Contradicción de tesis 209/2008-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo en Materia Administrativa del Séptimo Circuito y el entonces Primer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, actualmente Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del mismo circuito. 4 de marzo de 2009. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Paula María García Villegas.

Tesis de jurisprudencia 26/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del once de marzo de dos mil nueve.

BIENVENIDOS COMENTARIOS



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lobozac
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25/May/09 12:07
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

En el caso de existir varios establecimientos, minimo por cada uno de ellos debe contenerse el domicilio del establecimiento que emite la factura, mas el domicilio fiscal.

Son situaciones que cuando hay un cambio de domicilio, ya no se cumple esta obligacion si no son cambiados los comprobantes.

El domicilio de los demas estableciemiento no hay obligacion por incluirse en la documentaciones comprobatorias
 
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enrique9727
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25/May/09 18:57
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

gracias por tus comentarios


saludos
 
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lobozac
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26/May/09 17:24
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

- Si una Persona Moral cambia de domicilio y ahi recibe a la gente y ahi se realizan todas las operaciones, pero por cuestiones de espacio les prestan unas oficinas unas casas mas adelante; en esas oficinas prestadas esta el contador haciendo su trabajo; estas nuevas oficinas tendrian que darse de alta como una apertura de sucursal ???

- Si una Persona Fisica se da de alta en un domicilio y 'utiliza' dos locales, cada local tiene su medidor de luz, etc, es decir son 2 lugares, si tendria q dar de alta un local como domicilio fiscal y el otro como sucursal???

De antemano Gracias por sus comentarios
 
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JHSR
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26/May/09 17:30
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

lo cual permite a la autoridad fiscal un control de los ingresos en forma diferenciada por local o establecimiento

Si una Persona Moral cambia de domicilio y ahi recibe a la gente y ahi se realizan todas las operaciones, pero por cuestiones de espacio les prestan unas oficinas unas casas mas adelante; en esas oficinas prestadas esta el contador haciendo su trabajo; estas nuevas oficinas tendrian que darse de alta como una apertura de sucursal ???

- Si una Persona Fisica se da de alta en un domicilio y 'utiliza' dos locales, cada local tiene su medidor de luz, etc, es decir son 2 lugares, si tendria q dar de alta un local como domicilio fiscal y el otro como sucursal???

De antemano Gracias por sus comentarios



GENERAS INGRESOS EN ESOS LOCALES, ?...............ES DECIR CUMPLES CON UNO DE LOS REQUISITOS SINE QUA NON QUE MENCIONA LA JURIS ?


SALUDOSEditado: Mayo 26, 2009 17:31:21
 
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26/May/09 17:48
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

En el caso de la persona moral, se hizo un cambio de domicilio pero como no cupo la gente les prestaron otras oficinas unas puertas adelante, en estas oficinas que les prestaron solo contabilizan la documentacion, la expedicion de las facturas, expedir y entregar cheques se realizan en el domicilio que se hizo el cambio de domicilio, pero en las oficinas prestadas no se lleva acabo la operacion primordial de la empresa.

En el caso de la Persona Fisica SI se realizan operaciones de compra venta de mercancia.

Segun mi punto de vista es que la persona moral NO debe de dar de alta dicho movimiento al RFC de apertura de local o establecimiento, y la Persona fisica por realizar las operaciones que le dan origen al pago del impuesto SI debe de realizar la apertura del establecimiento.

Ustedes que opinan???
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JHSR
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26/May/09 17:57
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

ATENDIENDO ESTRICTAMENTE AL CONTENIDO DE LA TESIS, ......DICE , ENTRE OTROS DE LOS REQUISITOS......
sino también el domicilio de la sucursal de donde se expidan los comprobantes


Y DICES .....
contabilizan la documentacion, la expedicion de las facturas
, ......SOLO LAS CONTABILIZAS ?......O LAS EXPIDES ?

SALUDOS
 
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lobozac
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26/May/09 19:39
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

JHSR:
'...Segun mi punto de vista es que la persona moral [color=red]NO debe de dar de alta dicho movimiento al RFC de apertura de local o establecimiento[/color], y la Persona fisica por realizar las operaciones que le dan origen al pago del impuesto SI debe de realizar la apertura del establecimiento'.


Que tal, JHSR: Si no considera dar de alta dicho establecimiento al RFC como apertura de local o establecimiento... Cómo consideraria todos los gastos generados por ese local, como deducible o no deducible?

SALUDOS!!!!
 
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memoli
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26/May/09 20:04
Re: DOS DOMICILIOS...O MAS

Hola JHSR:


Memoli indicó:

Si no considera dar de alta dicho establecimiento al RFC como apertura de local o establecimiento... Cómo consideraria todos los gastos generados por ese local, como deducible o no deducible?


Memoli, puso el dedo en la yaga, indicandose que pasa con los gastos del segundo local. No es un local del negocio. Obviamente no debe considerarse dentro de la contabilidad esas erogaciones. Ya dejarian de ser irrelevante despues la deducibilidad.

Pero, si no se factura, no se administra. Que tipo de operaciones se realizan en ese local ademas de los e contabilidad.

Debe investigarse los conceptos de domicilio fiscal Art 10 CFF y activiades empresariales Art 14 del CFF. Para efectos de la duda que tiene JHSR
 
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enrique9727
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