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21/May/09 15:50
Cálculo de ISR en pago de PTU a ex-empleados

Pregunta:

Al pagar el PTU a ex trabajadores, ¿se aplican las tablas de impuestos tal cual?

No se si estoy interpretando bien y si se puede o no aplicar el 142 del LISR (así como se aplicó a los trabajadores en activo) ya que en sentido estricto ya no hay un “ingreso ordinario por la prestación de un servicio personal subordinado que perciba el trabajador en forma regular en el mes”

¿Qué opinan?

saludos
:big:
 
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pacoe
Sargento Primero

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21/May/09 17:14
Re: Cálculo de ISR en pago de PTU a ex-empleados

Buenas Tardes, hable al SAT y me comentaron que no hay ninguna regulación donde diga que sólo es para trabajadores activos, por lo que se puede optar por el calculo que menciona el art. 142 del RISR
 
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Andreitapreciosa
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21/May/09 17:33
Re: Cálculo de ISR en pago de PTU a ex-empleados

Podrías tomar como base el último que tuvieron en 2008.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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22/May/09 10:09
Re: Cálculo de ISR en pago de PTU a ex-empleados

Asi es como comenta migueljurado

tomar como base el último que tuvieron en 2008.


Saludos
 
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vabdo
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22/May/09 10:26
Re: Cálculo de ISR en pago de PTU a ex-empleados

El 142 de la LISR, no tiene nada que ver con el tema.

El 142 del RISR si es el que corresponde.


Artículo 142 RISR. Tratándose de las remuneraciones por concepto de gratificación anual, participación de utilidades, primas dominicales y vacacionales a que se refiere el artículo 113 de la Ley, la persona que haga dichos pagos podrá optar por retener el impuesto que corresponda conforme a lo siguiente:

I. La remuneración de que se trate se dividirá entre 365 y el resultado se multiplicará por 30.4.

II. A la cantidad que se obtenga conforme a la fracción anterior, se le adicionará el ingreso ordinario por la prestación de un servicio personal subordinado que perciba el trabajador en forma regular en el mes de que se trate y al resultado se le aplicará el procedimiento establecido en el artículo 113 de la Ley.

... Leer las fracciones subsecuentes...



Si se aplica en estricto apego esta fracción de la disposición, como el trabajador no percibe ingreso ordinario, el ISR es igual a cero, conforme al Art 113 LISR.

Luego, debe seguirse las demas indicaciones del resto de este articulo.

Si se expresa cuál es el ingreso ordinario, el cuál debe aplicarse. No se debe que tomar otro dato en su sustitución.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/May/09 10:50
Re: Cálculo de ISR en pago de PTU a ex-empleados

Gracias...

saludos
 
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pacoe
Sargento Primero

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