12/May/09 16:22
Material Fiscalia ¿se los fusilan?
Buenas tardes.
Aunque 'amarillista' el título, me llegó un material 'elaborado' por un despacho (me reservo su nombre), al abrirlo leo que es respecto al decreto del 07 de Mayo, lo que me pareció raro, es que tiene toda la 'pinta' de ser un artículo publicado por fiscalia (antes como BR1 si tenia acceso, pero desde que me bloquearon ya de plano uso el nick de Bruno y no tengo manera de corroborar que mis sospechas sean verdad, pero según recuerdo coincide sobremanera con el tipo de letra, colores y formatos).....
Entonces, el título mas cercano a la realidad sería 'Material de Fiscalia ¿se los fusilan los usuarios o despachos?
Le doy ctrl+paste para que me corroboren si es o no (a un estracto, es mas al ejemplo que ponen en el material para ser mas exactos):
Este beneficio sólo se podrá aplicar contra los pagos provisionales de 2009.
Ejemplo:
1. Determinación de pagos provisionales
Utilidad del período 1,200,000
x Tasa de IETU 17%
________________________________________
= Impuesto del período 204,000
- Crédito por deducciones mayores a ingresos 35,000
- Crédito por nóminas 120,000
- Otros créditos contra IETU 22,000
________________________________________
= Pago provisional de abril 27,000
- Pagos provisionales anteriores de IETU 83,000
________________________________________
= IETU excedente acreditable contra pago provisional de ISR 56,000
ISR del período 184,000
- Pagos provisionales anteriores de ISR 75,000
________________________________________
= ISR a pagar efectivamente del mes de abril 109,000
2. Acreditamiento ordinario del párrafo 5 del Artículo 10 LIETU
Pago provisional de abril 27,000
- Pagos provisionales anteriores de IETU 83,000
________________________________________
= IETU a pagar efectivamente del mes de abril 0
3. Acreditamiento por decreto del excedente de IETU contra ISR
ISR a pagar efectivamente del mes de abril 109,000
- IETU excedente acreditable contra pago provisional de ISR 56,000
________________________________________
= ISR a pagar efectivamente del mes de abril 53,000
¿Será o no será?
Si no es, pues me confundí.. pero si sí es ¿existe la forma de ponder manejar artículos de fiscalia como propios?, es decir algo así como 'el pago de la membresía da derecho a copiar y difundir los artículos'
Un saludo, y si ando en el error disculpen por subir este tipo de cuestiones al foro de fiscal.
Un saludo!!
Editado: Mayo 12, 2009 16:27:01
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder...........
El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor