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08/May/09 11:30
iva de interes devengado

Buenos dias a todos

en la contabilidad de una cooperativa de ahorro y credito, se realiza el devengamiento de los intereses que se generan y que no se han cobrado a los acreditados

estos intereses al momento de cobro efectivo, se cobra adicional un IVA,

la duda es: el IVA lo tengo que ir reconociendo en libros desde el momento del devengamiento, o solo es necesario en el momento del cobro efectivo ?

gracias
 
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manueldiaz1976
Soldado

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08/May/09 11:55
Re: iva de interes devengado

la duda es: el IVA lo tengo que ir reconociendo en libros desde el momento del devengamiento, o solo es necesario en el momento del cobro efectivo ?


Para efectos finacieros: al momento devengado

Para efectos fiscales: al momento de cobro en efectivo

Recomendacion:
'llevar papeles de trabajo'


Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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