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06/May/09 20:14
¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

Buenas tardes:
Tengo un contribuyente que tiene ISR e IETU a cargo en su declaracion anual personas fisicas.
A pesar que en la hoja de ayuda para el pago del IETU en ventanilla bancaria aparece en el inciso K 'Importe de la primera parcialidad', el Declarasat09 solamente me acepta el pago en parcialidades en ISR, mas no en IETU.
¿Hay algun procedimiento en el declarasat 09para anotar en la hoja de ayuda el importe de las parcialidades?
O de plano, el impuesto anual a cargo de IETU no se puede pagar en parcialidades.
Se agradece la atención.
 
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RubenPineda
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06/May/09 20:35
Re: ¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

CONSIDERO QUE SIEMPRE VA A QUEDAR A SALVO EL DERECHO A SOLICITARLAS EN BASE A Capítulo I.2.12. Pago a plazos, en parcialidades o diferido DE RMF 2009 EN CORRELACION CON ART 66, 66-A DE CFF, ......Y CORRELATIVOS

Aviso durante 2009 para el pago en parcialidades de impuestos retenidos y trasladados
I.2.12.3.


SALUDOS
 
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lobozac
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06/May/09 20:48
Re: ¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

Muchas gracias por sus comentarios y también por los fundamentos.
Nada mas por curiosidad, formulé la misma pregunta al Chat uno a uno del SAT, ahi me comentaron que el IETU no se puede pagar en parcialidades.
Con los fundamentos que Usted me proporcionó, mañana (aprovechando unas citas que tengo en la ALAC) voy ha hacer valer los derechos del contribuyente.
De nuevo mis mas sinceras gracias.
 
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RubenPineda
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06/May/09 20:59
Re: ¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

EN LA LEY NO LO PERMITE, ...........PERO TAMPOCO LO PROHIBE, ....LA RECIEN COCINADA RMF, HABLA AMPLIAMENTE DE PARCIALIDADES, Y DEJA MUY EN CLARO LA FORMA TRADICIONAL DEL ISR, ......PERO TAMPOCO PROHIBE LAS IDEM DEL IETU, .......ENTONCES, SI, ......COINCIDO , DEBES HACER VALER LOS DERECHOS DEL PARTICULAR,................Y SINO, PUES A PELEARLES, A LA DEFENSA FISCAL,

SI NOS APOYARAS CON EL SEGUIMIENTO A ESTO, TE AGRADECERIAMOS, CON EL FIN DE APRENDER TODOS


SALUDOS

P.D. CON CONFIANZA HABLAME DE TU
 
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lobozac
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07/May/09 00:00
Re: ¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

art 66 A CFF pago en parcialidades
..........................................................................................................................
VI. No procederá la autorización a que se refiere este artículo tratándose de:

a) Contribuciones que debieron pagarse en el año de calendario en curso o las que debieron pagarse en los seis meses anteriores al mes en el que se solicite la au[color=red]torización,[/color] excepto en los casos de aportaciones de seguridad social.

b) Contribuciones y aprovechamientos que se causen con motivo de la importación y exportación de bienes o servicios.

c) Contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas.

cumples con lo anterior para pagar IETU del ejercicio en parcialidades? parece que no......

la regla de la RMF que comenta lobozac no aplicaria ya que hace referencia al pago de contribuciones en parcialidades de impuestos trasladados y retenidos y segun yo recuerdo el IETU no es ninguna de las dos.
saludos!!!
 
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edwin1702
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07/May/09 10:12
Re: ¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

PUEDE SER EDWIN,.......PUEDE SER................


SALUDOS
 
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lobozac
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07/May/09 16:00
Re: ¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

Estimados Edwin y Lobozac:
Visite este dia la ALAC y esto fue lo que me comentaron:
1.- El IETU a cargo en la declaración anual de las personas fisicas no puede ser pagado en parcialidades.
2.- La facilidad de pago en parcialidades en declaracion anual únicamente existe para ISR (no garantizar credito fiscal, etc).
3.- En pocas palabras, fuí derrotado con todo éxito.

Ahora bien, si el gobierno realmente quiere dar facilidades y estímulos fiscales, deberían atender este tipo de casos, ojalá no sea una desagradable sorpresa para los que dejan a última hora la presentación de sus declaraciones anuales.

Un saludo.
 
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RubenPineda
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07/May/09 20:00
Re: ¿Se puede pagar IETU en parcialidades?

SI FUERA UNA CANTIDAD RESPETABLE, .........YO INTENTARIA EL RECURSO, ..CLARO QUE SI........PARA ELLO ME METERIA DE LLENO A ANALIZAR LAS LEYES Y BUSCAR LA 'LAGUNA', ..........TRABAJO DE ABOGADOS, NO CABE DUDA


SALUDOS
 
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lobozac
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