Los REPECOS expiden comprobantes que no reúnen los requisitos fiscales que señala el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento y únicamente entregan a sus clientes copias de las notas de venta, las cuales deberán reunir los requisitos a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación y el importe total de la operación en número o letra.
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06/May/09 16:11
Re: notas de venta
puedo deducir una nota de venta (alimentos) de viaticos de un REPECO?
..............NO
SALUDOS
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Legalmente debe tener posibilidades de que 'si se pueda deducir', cuestión de verlo con un abogado fiscalista.....el detalle es ¿sería costeable pelearse por 100 pesos?
(si fuera por un importe considerable, mas de uno se aventaba)Editado: Mayo 06, 2009 17:08:04
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder...........
El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
ASI ES, ....SERIA PELEABLE,.........SOLO QUE .........
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