Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
04/May/09 20:01
IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

Si realizo un pago en el mes que estoy, pero la mercancia me la entregan en el proximo al igual que la factura, ¿cuando me acredito el I.V.A? La ley dice que al momento de realizar el pago, pero como en este caso no tengo comprobante. ¿Cuando?
Gracias.
 
Perfil

Marhisa
Soldado

Mensajes: 3
Ingresó: Abril 23, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/May/09 20:28
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

MARHISA

BUENAS TARDES.

EL ART. 5 DE LA LEY DEL IVA SEÑALA LOS REQUISITOS PARA EL ACREDITAMIENTO DEL IVA.

LA FRACCION II SEÑALA QUE EL IVA HAYA SIDO TRASLADADO EXPRESAMENTE...., SI AL MOMENTO DEL PAGO, CUENTAS CON UN COMPROBANTE FISCAL CON EL IVA, LO PODRAS ACREDITAR, SI NO AL MOMENTO QUE TENGAS LA FACTURA.

EL PAGO ES UN REQUISITO...EL COMPROBANTE ES OTRO...CUANDO TENGAS LOS DOS, EN ESE MOMENTO ES ACREDITABLE.

SOLO SEÑALO ESTOS DOS REQUISITOS POR LA PREGUNTA CONCRETA.

SALUDOS
 
Perfil

HEGAHEGA
Sargento Primero

Mensajes: 83
Ingresó: Abril 11, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/May/09 13:16
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

Hola, buenas tardes.
Gracias por la informacion, efectivamente lo he checado y me ha servido de mucho la respuesta, gracias.
Atte.
Marhisa
 
Perfil

Marhisa
Soldado

Mensajes: 3
Ingresó: Abril 23, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/May/09 13:35
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

EL ART. 5 DE LA LEY DEL IVA SEÑALA LOS REQUISITOS PARA EL ACREDITAMIENTO DEL IVA.

LA FRACCION II SEÑALA QUE EL IVA HAYA SIDO TRASLADADO EXPRESAMENTE...., SI AL MOMENTO DEL PAGO, CUENTAS CON UN COMPROBANTE FISCAL CON EL IVA, LO PODRAS ACREDITAR, SI NO AL MOMENTO QUE TENGAS LA FACTURA.

EL PAGO ES UN REQUISITO...EL COMPROBANTE ES OTRO...CUANDO TENGAS LOS DOS, EN ESE MOMENTO ES ACREDITABLE.

SOLO SEÑALO ESTOS DOS REQUISITOS POR LA PREGUNTA CONCRETA.


Una duda ¿y el causante del IVA en que periodo lo causa efectivamente?

Un saludo!!!
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
Perfil

Bruno
Capitán Primero

Mensajes: 665
Ingresó: Mayo 02, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/May/09 18:10
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

Marhisa

Estoy de acuerdo que debes de cumplir con ambos requisitos., Màs sin embargo mi recomendaciòn es que te lo acredites cuando lo pagues.,.

En mi experiencia, especialmente en devoluciones de IVA's, te revisan los que los acreditamientos de iva esten pagados,, Los cruzan vs edo. de cuenta..,

Aùn cuando tenga concepto de anticipo ( Que no hayas recibido la mercancia) o que aùn no tengas el comprobante fiscal, yo te recomendarìa que te lo acreditaras.,

Suponiendo el peor de los casos,. en que te revisaran el IVA de ese mès..,,. para cuando te lo revisen,.,. creo yo ya tendrìas lo medios para conseguir el comprobante fiscal..
No crees???
 
Perfil

adrian_ortiz
Sargento Primero

Mensajes: 125
Ingresó: Febrero 08, 2006
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/May/09 20:04
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

recuerda, pf. flujo de efectivo....

saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/May/09 01:22
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

....Y PERSONAS MORALES TAMBIEN FLUJO DE EFECTIVO....
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/May/09 10:41
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

vaya muchas respuestas y nada concreto......ahi va una mas....
el iva se causa en base a flujo, e incluso cuando corresponda a anticipos, cierto? en este tenor, el iva es causado para uno y acreditable para el otro cuando se haya pagado efectivamente ese 'anticipo' y por el mismo se debe tener un comprobante 'simplificado'. Posteriormenete obtienes la factura pero el momento del acreditamiento es en base al flujo 'es decir el pago efectivamente realizado'. Ojo el flujo en IVA aplica a personas fisicas y morales por igual, no se confundan con el isr que ahi si aplica solo flujo en ciertos casos para personas fisicas.

saludos.
 
cj
 
Perfil

cjlopezasesoria
Mayor

Mensajes: 1534
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/May/09 11:58
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

vaya muchas respuestas y nada concreto......ahi va una mas....
el iva se causa en base a flujo, e incluso cuando corresponda a anticipos, cierto? en este tenor, el iva es causado para uno y acreditable para el otro cuando se haya pagado efectivamente ese 'anticipo' y por el mismo se debe tener un comprobante 'simplificado'. Posteriormenete obtienes la factura pero el momento del acreditamiento es en base al flujo 'es decir el pago efectivamente realizado'. Ojo el flujo en IVA aplica a personas fisicas y morales por igual, no se confundan con el isr que ahi si aplica solo flujo en ciertos casos para personas fisicas.


Es que quiero hacerlos pensar muchacho....

Ya que, al responderse la pregunta que plasme:

Una duda ¿y el causante del IVA en que periodo lo causa efectivamente?


Se responderían 'solitos', pero nada... no prospero la estrategia de estudio.....cosas de la vida!!
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
Perfil

Bruno
Capitán Primero

Mensajes: 665
Ingresó: Mayo 02, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/May/09 14:45
Re: IVA. ¿CUANDO ME LO ACREDITO?

'Si realizo un pago en el mes que estoy, pero la mercancia me la entregan en el proximo al igual que la factura, ¿cuando me acredito el I.V.A? [u]La ley dice que al momento de realizar el pago, pero como en este caso no tengo comprobante[/u]. ¿Cuando?
Gracias'.


....Efectivamente, Usted misma se ha contestado. Pero ya que estamos viendo mas a 'fondo' este tema, me gustaria ampliar un poco mas este topico con mi comentario:


El art. 4 en su 2do parrafo de la LIVA, establece que: '...Se entiende por 'IMPUESTO ACREDITABLE' el IVA que haya sido trasladado al contribuyente.....EN EL MES DE QUE SE TRATE'.

Por otro lado, el Art. 5 en su FIII de esta misma Ley, tambien dice que uno de los requisitos para que sea acreditable el IVA es que : 'El IVA trasladado al contribuyente HAYA SIDO EFECTIVAMENTE PAGADO EN EL MES DE QUE SE TRATE'.


Hasta aqui, considerando que 'SI HAY COMPROBANTE', podemos observar 2 cosas:

1.- Que 'uno' de los requisitos para que sea posible el acreditamiento es que 'haya sido efectivamente pagado' y
2.- que sea 'ACREDITABLE EN EL MES DE QUE SE TRATE'

Como vemos en estos puntos, encaja la pregunta de Bruno:
'¿Y el causante del IVA en que periodo lo causa efectivamente?'
.... Pues considerando que el IVA es en base al flujo de efectivo, entonces concluimos que esto es bilateral, de conformidad con el art. 1-B de la LIVA que dice que el causante del IVA, lo causara cuando 'LAS CONTRAPRESTACIONES HAYAN SIDO EFECTIVAMENTE COBRADAS EN EFECTIVO, EN BIENES O SERVICIOS, AUN CUANDO AQUELLAS CORRESPONDAN A ANTICIPOS, DEPOSITOS O A CUALQUIER OTRO CONCEPTO....' (ART. 1-B LISR) ...

Hasta aqui, entonces: pago a mi proveedor por decirlo ahora en Mayo, el IVA me lo acredito en Mayo y la contraparte (El proveedor) de igual manera, causaria el impuesto en el mismo mes de Mayo...

Ahora: Lo que no debemos perder de vista es que la ley dice para el contribuyente que acredita el IVA, que este impuesto debe ser acreditado EN EL MES EN QUE HAYA SIDO PAGADO....A manera de reflexion: ¿Que pasaria, siguiendo con el ejemplo anterior, si pagamos a nuestro proveedor ahora en Mayo, y por alguna razon 'X', no incluimos este gasto en el mes respectivo y lo registramos, por decirlo en el mes siguiente, Junio?...¿Podremos acreditarnos este IVA del mes de Mayo, pagado en Mayo ahora en Junio? ¿El gasto correspondiente a este IVA se vuelve o no deducible? ........

Ojala 'prospere la estrategia de estudio', verdad, Bruno? jajaja

Ya para finalizar mi comentario, ahora viene la cuestion de que Si se efectuo el pago pero no hay comprobante, cuando se acredita?..

Aqui primero habria cuestionarnos si la factura que estan por entregarle se la entregarian con la misma fecha en que realizo el pago y si corresponde el importe del pago al mismo importe de la factura..Si es asi, entonces no hay problema: Se acredita en el mes en que se cobro y seria cuestion de anexar la factura cuando le llegue...

La otra cuestion es si el importe por el que se pago corresponde a un 'anticipo a cuenta de'....Si es asi, entonces se esta a lo que comenta cjlopezasesoria, respecto a que por dicho 'anticipo', o 'pago en parcialidades' se debe expedir un comprobante simplificado que reuna los requisitos fiscales para que pueda efectuarse el acreditamiento. De no haber dicho comprobante tecnicamente el IVA No seria acreditable, ya que se estaria incumpliendo con la obligacion que marca el Art. 32 FIII respecto de expedir comprobantes simplificados...


Saludos Cordiales:smile:
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1