24/Abr/09 19:07
ACUMULACION DE INTERESES Y UTILIDAD CAMBIARIA DE PERSONAS FISICAS
Buenas tardes, tengo el caso de una persona fisica que tiene inversiones en una institucion de credito en el extranjero por 1,000,000 de dolares que de acuerdo a la valuacion de estas inversiones ha perdido el 30% al cierre del 2008, sin embargo si acumulo esto intereses y utilidad cambiaria aplicando el factor del .222 de acuerdo a la opción del RISR Art. 221, tendria una utilidad de 3,000,000 de pesos aprox. Por lo que entiendo que , sí se debe acumular la ganancia cambiaria aunque no se hayan ganado intereses por ser inversiones en las que la valuación de las mismas haya sido menor a su valuación inicial, pero cual seria ese procedimiento?
SOCIO DEL BUFETE HUERTA BURGOS