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21/Abr/09 12:08
UTILIDAD EN ENAJENACION DE VEHICULO CON VALOR MAYOR A 175000

Buen dia

Tengo una persona Fisica que adquirio un vehiculo con un valor superior a 175000.00., dicho bien se dedujo en base al art. 42 del LISR., sin embargo este se vendio al paso de dos años de su uso y obviamente se vendio en cantidad mayor a 175000.00 mi inquietud y el motivo de la solicitud de sus opiniones es que si bien se dedujo con un tope de 175000.00 para efectos fiscales., mi utilidad fiscal producto de la enajenacion del bien se considerara en la misma proporcion de que este se dedujo?., agradeceria de antemano su opinion y sus fundamentos fiscales ya que hice uso del buscador y no me dio resultados con respecto a este caso.



Gracias de antemano
 
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23/Jun/20 02:02
Re: UTILIDAD EN ENAJENACION DE VEHICULO CON VALOR MAYOR A 175000

No, la utilidad no es proporcional, el precio se toma completo y se le resta el saldo por redimir fiscal hasta el tope, si ya pasaron 4 años el costo es cero, el ingreso total es utilidad.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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