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14/Abr/09 12:03
AVISO DE ALTA

Bunas tardes a todos los foristas.
Mi pregunta es la siguiente:

Contrate a una persona para el aseo oficina y la voy a dar de alta ante el IMSS, pero ella tiene pension de su esposo por viudez, no le afectaria si yo la doy de alta.

gracias por sus respuestas.
 
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berjcer
Cabo

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14/Abr/09 12:40
Re: AVISO DE ALTA

Artículo 133 LSS. El derecho al goce de la pensión de viudez comenzará desde el día del fallecimiento del asegurado o pensionado por invalidez y cesará con la muerte del beneficiario, o cuando la viuda, viudo, concubina o concubinario contrajeran matrimonio o entraran en concubinato. El disfrute de esta pensión no se suspenderá porque aquéllos desempeñe un trabajo remunerado.

La viuda, viudo, concubina o concubinario pensionados que contraigan matrimonio, recibirán una suma global equivalente a tres anualidades de la cuantía de la pensión que disfrutaban.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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