En su opinion, constituye una infraccion el dar uno o dos dias a cuenta de vacaciones hasta acumular los que por ley le corresponden a cada empleado?
Esta práctica se utiliza por ejemplo cuando los empleados no quieren laborar (puente de semana santa) se les dan esos dos dias pero a cuenta de vacaciones
Hola Alexa24
El art 78 de la LFT nos dice que deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones por lo menos, pero en la práctica no se aplica, y no he tenido conocimiento de una terminación de relación laboral por este caso.
Mensajes:
14666 Ingresó:
Marzo 10, 2005 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
18/Abr/09 15:52
Re: VACACIONES EN PARTES
Es responsabilidad del patron que una vez que el trabajador ya cumplio el año de servicios completito, asignarle en un plazo no mayor de seis meses, asignarles la forma de cómo otorgar los dias de descanso, que habrian de ganarse conforme a los Art. 76 y 77 de la LFT.
Pudiesen otorgarse periodos de descanso discontinuos, pero uno de esos periodos discontinuos, al menos debe contar con seis dias continuos de descanso. Lo anterior conforme a lo señalado en el Art 78 LFT
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?