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08/Abr/09 19:31
Partes relacionadas y Estudio de Precios de Transferencia

Buenas tardes.

Aunque ya se ha tocado el tema (leí los comentarios que se han plasmado anteriormente), creo conveniente tocar el tema mas a fondo, iniciando por que el DEM ya contiene en el Balance y en el Estado de Resultados los recuadros para efectos de plasmar los importes de las operaciones con partes relacionadas y ni que decir del SIPRED, el cual me comenta mi CPC 'es una chamba que no estamos deacuerdo a soportar' (de hecho, me comenta que no han definido nada con la autoridad al respecto, siguen de las greñas)

Así que, van algunos puntos que resultan interesantes:

* Definición de partes relacionadas:

Art. 215 LISR Se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración, control o capital de dichas personas. Tratándose de asociaciones en participación, se consideran como partes relacionadas sus integrantes, así como las personas que conforme a este párrafo se consideren partes relacionadas de dicho integrante.

Algunas veces se tienen dudas respecto a cómo interpretar 'quienes son y quienes no son partes relacionadas' (me encuentro en las mismas, por ello abrí el tema..jajaa.. si me equivoco o piensan diferente, por favor comenten), se plasman varios supuestos:

SUPUESTO 1
Supongamos que, por ejemplo existan dos empresas, las cuales tienen el mismo administrador único, aquí se cae en el supuesto de 'cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración de dichas personas'. Es claro, que si son partes relacionadas.

SUPUESTO 2
Otro ejemplo, sería que dos empresas tengan en común un accionista, al parecer se cae en el supuesto de 'cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en el capital de dichas personas'. Aquí me surge la duda, ya que, si el accionista en común de ambas empresas, solo tiene el 5% de las acciones en cada una de ellas ¿se caería en este supuesto?

SUPUESTO 3
Tres socios que tienen el 45%, 30 % y 25% cada uno en dos empresas, realizan operaciones entre ellas, por lo que, conforme al artículo comentado se tiene que 'cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en el control de dichas personas'. ¿Acaso se considera que se tiene el control, aún cuando ninguna de los socios represente mas del 50% en la tenencia accionaria? (esta muy relacionado con el supuesto # 2)

Así las cosas, vamos ahora a los PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

El art. 215 de LISR señala 'Para la interpretación de lo dispuesto en este Capítulo, serán aplicables las Guías sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en 1995, o aquéllas que las sustituyan, en la medida en que las mismas sean congruentes con las disposiciones de esta Ley y de los tratados celebrados por México'

¿Y esas guías donde las publican o como puedo conocerlas?

El Art. 216 señala (y es aquí donde recide mi duda primordial), los 6 métodos existentes para determinar los Precios de Tranferencia, por lo tanto, me enfocaré solo al que señala la Fracc. I:

Artículo 216. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 215 de esta Ley, los contribuyentes deberán aplicar los siguientes métodos:

I. Método de precio comparable no controlado, que consiste en considerar el precio o el monto de las contraprestaciones que se hubieran pactado con o entre partes independientes en operaciones comparables.


¿Significa acaso qué puedo hacer un monitoreo en el area que se considera el 'mercado' (no me refiero al mercado donde venden frutas eh) y al recabar las 'cotizaciones' que me proporcionen las partes independientes puedo sustentar que se realizan las operaciones en montos no manipulados?

Prosiguiendo con el Art. 216 señala:

De la aplicación de alguno de los métodos señalados en este artículo, se podrá obtener un rango de precios, de montos de las contraprestaciones o de márgenes de utilidad, cuando existan dos o más operaciones comparables. Estos rangos se ajustarán mediante la aplicación de métodos estadísticos. Si el precio, monto de la contraprestación o margen de utilidad del contribuyente se encuentra dentro de estos rangos, dichos precios, montos o márgenes se considerarán como pactados o utilizados entre partes independientes. En caso de que el contribuyente se encuentre fuera del rango ajustado, se considerará que el precio o monto de la contraprestación que hubieran utilizado partes independientes, es la mediana de dicho rango.

¿Y eso como se hace?, es decir ¿donde estan los procedimientos establecidos para la aplicación de métodod estadísticos o donde se comprar, consiguen o roban?

El 216, sigue diciendo:

Los contribuyentes deberán aplicar en primer término el método previsto por la fracción I de este artículo, y sólo podrán utilizar los métodos señalados en las fracciones II, III, IV, V y VI del mismo, cuando el método previsto en la fracción I citada no sea el apropiado para determinar que las operaciones realizadas se encuentran a precios de mercado de acuerdo con las Guías de Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales a que se refiere el último párrafo del artículo 215 de esta Ley.

¿Y como saber si es apropiado o no el método previsto por la fracc. I?

En fin, espero conocer sus opiniones, y si estamos igual pues nos queda llorar juntos...


Un saludo y gracias por sus comentarios!!!


Editado: Abril 08, 2009 19:33:08

Editado: Abril 08, 2009 19:49:01Editado: Abril 08, 2009 20:07:42
 
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08/Abr/09 19:37
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Con respecto a lo mencionado de que un accionista forme parte de otra empresa...se me hace que seria algo muy estricto por asi llamarlo el considerar a esas empresas como partes relacionadas....

Digo porque hay empresas en las que se inicio una empresa hace 'x' años, luego por cuestiones 'estrategicas' deciden crear otra...que por lo general el dueño o adrministrador unico forma parte de la nueva empresa...y digamos que la empresa anterior solo le rentara activo fijo...o renta del edificio...por ese hecho...se considerara partes relacionadas?
 
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08/Abr/09 19:47
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Con respecto a lo mencionado de que un accionista forme parte de otra empresa...se me hace que seria algo muy estricto por asi llamarlo el considerar a esas empresas como partes relacionadas....

Digo porque hay empresas en las que se inicio una empresa hace 'x' años, luego por cuestiones 'estrategicas' deciden crear otra...que por lo general el dueño o adrministrador unico forma parte de la nueva empresa...y digamos que la empresa anterior solo le rentara activo fijo...o renta del edificio...por ese hecho...se considerara partes relacionadas?


De hecho, los supuestos estan soportados con Ley, es decir 'sin suposiciones ni nada, sino estrictamente'.....lo cual, para algunos será 'poco claro y para otros demasiado claro'....(como que lo claro confunde a veces..jajajaja).

Mucho ayudará conocer si existen jurisprudencias, tesís o algunos referentes de litigios que enmarquen el tema...

Otra duda interesante, puede ser: si tengo operaciones con partes relacionadas por rentas, por servicios, por enajenación de bienes, por intereses etc etc ¿se debe realizar un estudio de mercado por cada una de las operaciones o un estudio engloba todo el paquete?, lo que pasa es que cuestan cariñosas, y muchas empresas no tienen tanta utilidad para andar soportando el costo de dichos estudios..

PD: manifiestate Cheque.. creo que andas bien metido en este rollo...jajaja/

Editado: Abril 08, 2009 19:51:06
 
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10/Abr/09 11:23
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Buen día...

Esperemos el regreso de vacaciones para conocer opiniones al respecto, ya que, conforme a las estadísticas muchos contribuyentes tienen operaciones con otros que caen en el supuesto de partes relacionadas y que ni en cuenta aquello de 'precios de transferencia', mas que nada porque no conocen las consecuencias fiscales de omitir tal 'requisito de deducción'.

Un saludo y feliz fin de semana!!!
 
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13/Abr/09 10:56
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Santas vacaciones y puente próximo...

¿Algún CPR por estos foros?
 
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13/Abr/09 12:06
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Hay nanina....esto es un caso como el de Candelario Tres Patines

SIPRED

34.- OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS POR EL EJERCICIO TERMINADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008 (CIFRAS EN PESOS)

34.1.- INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS POR EL EJERCICIO TERMINADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008 (CIFRAS EN PESOS)


Editado por que era extenso el anexo....
Editado: Abril 14, 2009 12:30:41
 
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13/Abr/09 12:10
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Aguanta Bruno...pues algunos todavia estan de regreso, otros seguimos medios happy (cruda realidad) y otros pensando en las visiones de la playa....


 
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13/Abr/09 14:09
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Pero, bueno la definicion de parte relacionada, no es muy clara pues aun teniendo 1 sola accion o parte social, se puede ejercerce un control efectivo en la sociedad

Operaciones = pagos de rentas, Honorarios asimilables a salarios, salarios, comisiones, honorarios por asambleas, honorarios profesionales, ventas, compras, prestamos, etc.

Ahora, ¿si se comprende por que lo de la greña????

En cuanto al procedimiento mas conveniente. La ley no señala cual es el mas apropiado, puede aplicarse el que juzgue mas apropiado el propio contribuyente. La ley solamente exige que se aplique cualquiera de los procedimientos señalados.

Ufff y recontra---uuuffff. Tambien hay que gastar por un estudio de precios de transferencia solo por una operacion que es a precios de mercado.

¿Pero, como le hago para establecer algun procedimiento de los señalados en la LISR, para efecto de los salarios, HAS????

Los servicios que ofrecen los accionistas o asociados son muy diversos y de tiempos y calidades distintas.

Ademas la LISR ofrece una progresividad en sus causaciones de impuestos, que despues de un tope, se causa la misma tasa de una PM..... Entonces para que tanto, molestar con lo del estudio de precio de transferencia para este tipo de operaciones con afiliadas con accionistas PF.

Creo que debe ir mas seguimiento con operaciones partes relacionadas pero de PM a PM.

Si ambas compañias presentan ganancias, tampoco veo problema alguno. El detalle debe estar con las empresas perdedoras, que traspasaria sus perdidas con las ganadoras.



Editado: Abril 13, 2009 14:13:46
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/Abr/09 16:32
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Mas o menos ahí va mi duda...

En mi caso, cuando plasmabamos las operaciones con partes relacionadas (de la anual 2007 hacia atras), sabiamos que las operaciones estaban a precio de mercado, tal y como se pactarían con un 3ro independiente, pero ahora, el CPR puso el grito en el cielo, dijo 'si pones que tienes operaciones con partes relacionadas, debes mandarme el estudio de precios de transferencia de cada operación'...

Fué hasta ese momento que me puse a 'estudiar' sobre el tema, pero, en lugar de encontrar respuestas encuentro mas dudas, criterios encontrados y algunas veces cosas que no logro captar (común en mí).....

Sigo con la duda ¿216 fracc. I es tan fácil como se lée? ¿así me safo, con unas simples hojas membretadas donde demuestre el valor por M2 en el caso de arrendamiento por ejemplo, en el caso de asesorias con otra cotización por parte de un tercero que tenga un giro similar?

En mi caso tengo:

Arrendamiento (tanto PF como PM)
Servicios por parte de una soc. civil
Intereses
 
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Bruno
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14/Abr/09 12:29
Re: Partes relacionadas y Estudio de Precios de Mercado

Elaboré una serie de preguntas para el CPR que dictamina los edos. financieros de los contribuyentes del grupo....entre otras, le hago el siguiente comentario/pregunta:

5. ¿Existen situaciones en las que se considera que no es necesario elaborar un estudio de precios de transferencia? Tal podría ser el caso, por ejemplo, que la misma empresa tenga operaciones con partes no relacionadas y que entre estas y las operaciones entre partes relacionadas se podría demostrar en su momento que la operación fue pactada a precio de mercado.

Es decir, que pague renta de terreno a dos arrendadores, uno parte relacionada y el otro independiente totalmente.... y que en ambos casos el monto de la renta por M2 sea similar.......

No he encontrado tesis o algunos antecedentes legales que se refieran al tema...¿acaso no es tan importante o es totalmente ignorado?... ya me leo paranoico....jajaja

Haber que dice el CPR....
 
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