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03/Abr/09 10:43
No aplica compensación universal en IETU !!?? Arbitrariedad de la autoridad.,.,

Buenas Tardes,

Les planteo lo siguiente. Se me rechazo una compensación de saldos a favor de IETU... No aplica compensación universal del IETU a favor, proveniente de la dec. anual???

Hice la consulta al chat uno a uno de sat.gob.mx y le envíe un correo a la administración local, solicitando una explicación, pero en ninguno de los casos tuve exito.


El art 8 de la LIETU 4to parrafo

Contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio a cargo, se podrán acreditar los pagos provisionales a que se refiere el artículo 10 de esta Ley efectivamente pagados correspondientes al mismo ejercicio.

Cuando no sea posible acreditar, en los términos del párrafo anterior, total o parcialmente los pagos provisionales efectivamente pagados del impuesto empresarial a tasa única, los contribuyentes podrán compensar la cantidad no acreditada contra el impuesto sobre la renta propio del mismo ejercicio. En caso de existir un remanente a favor del contribuyente después de efectuar la compensación a que se refiere este párrafo, se podrá solicitar su devolución.

Aquí no dice que no se podrá compensar,, plantea la opción de devolución,, pero no significa que no se pueda compensar.

En una declaración anual, se generó un saldo a favor de IETU y se compensó vs ISR retenciones de 2009 y fue rechazada la compensación.

Les transcribo el escrito.

“Derivado de la información proporcionada por el contribuyente en su aviso de compensación así como de la información registrada en la base de datos de esta administración, se observa que el contribuyente pretende compensar su saldo a favor de Impuesto Empresarial a Tasa Única contra el pago de retenciones de impuesto sobre la renta por salarios, lo cual resulta improcedente de conformidad con el articulo 8, cuarto párrafo de la ley del impuesto empresarial a tasa única, el cual señala que los contribuyentes podrán compensar la cantidad no acreditada de los pagos provisionales de este impuesto contra el impuesto sobre la renta propia del mismo ejercicio y en caso de existir un remanente a favor del contribuyente después de efectuar dicha compensación, se podrá solicitar su devolución. Esto es, que la ley del impuesto empresarial a tasa única señala un destino específico para el saldo a favor ya que solo contempla la compensación contra el impuesto sobre la renta propio del mismo ejercicio y posteriormente la devolución.”

Por otro lado la regla I.4.27 de la quinta RMF claramente lo permite..

Compensación del IETU a favor contra impuestos federales
I.4.27. Para los efectos del artículo 8, cuarto párrafo de la Ley del IETU, si después de compensar contra el ISR propio del mismo ejercicio, subsistiere alguna diferencia, el contribuyente podrá compensar esta cantidad, contra las contribuciones federales a su cargo en los términos del artículo 23 del CFF, si derivado de lo anterior, quedará remanente de saldo a favor se podrá solicitar en devolución.
LIETU 8, 23 CFF


Me parece una arbitrariedad por parte de la autoridad,,, Me parece que en muchos caso no será conveniente solicitar devolución por la información que la autoridad podría requerir, y el plazo que tomaría, pero la compensación la estan rechazando de manera arbitraria....,.,.

Agradezco sus comentarios
 
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adrian_ortiz
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03/Abr/09 11:24
Re: No aplica compensación universal en IETU !!?? Arbitrariedad de la autoridad.,.,

¿Y en la anual cual fué el resultado de ISR?..partamos de ahí para ver si ese es el 'meollo' (por aquello de los famosos procedimientos que hay que seguir)
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
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Bruno
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04/Abr/09 13:03
Re: No aplica compensación universal en IETU !!?? Arbitrariedad de la autoridad.,.,

Amigo:

Se supone que primero tendrías que haber intentado compensar contra el isr que resulté a pagar en la declaración anual y si no había, entonces optar por la regla que comentas de la miscelánea en la que te permite la compensación universal.

Tienes razón en que es una arbitrariedad de la autoridad, el citado artículo todo el tiempo menciona opciones al utilizar la palabra 'podrá'. Sin embargo, el SAT lo interpreta como obligación.

Yo igualmente ya realicé la compensación del saldo a favor de IETU contra el isr anual, aunque ahora no encuentro el anexo 19-A. En el esquema que liberaron a principios de marzo para enviar compensaciones a través de internet, indica que se baje un archivo que no es otra cosa que una hoja de Excell, pero no contiene ningún anexo. Me gustaría saber cómo le hiciste para la compensación. Si no tienes inconveniente, agradecería tus comentarios al correo: ricardoeal@prodigy.net.mx

Saludos
 
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RicardoAguilarLara
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06/Abr/09 09:14
Re: No aplica compensación universal en IETU !!?? Arbitrariedad de la autoridad.,.,

En la anual en ISR no había cantidad a cargo, por lo que no se compenso ISR.
Posteriormente se compenso vs ISR retenciones, me queda claro que fue un error de la Autoridad.

Para compensaciones en internet llenas el formato en electrónico (En excell) y luego los anexos, los llenas, los imprimes y los escaneas. Aqui nosotros tenemos la versión profesional de Acrobat PDF, por lo que nos permite llenar los PDF editables y guardarlos con los cambios realizados, sin tener que imprimirlos y escanearlos, te lo recomiendo, este procedimiento nos ha ahorrado mucho tiempo y papel.
Cuando tengas todos los archivos , el excel y los anexos, y disco DEM en casos de saldo a favor de IVA, los pones en una carpeta comprimida y los envías.

La Gran ventaja de la compensación via internet es que aparte de ahorrarte la vuelta, la disponibilidad de la cita, conseguir la firma del representante,,,,,,,, te indica cuando esta recibida y cuando esta ACEPTADA,,,,,,
 
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adrian_ortiz
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06/Abr/09 12:38
Re: No aplica compensación universal en IETU !!?? Arbitrariedad de la autoridad.,.,

HOLA ADRIAN,,, LO QUE COMENTAS QUE TE INDICA CUANDO FUE RECIBIDA Y ACEPTADA... TENGO UNA DUDA..

YO ENVIE UN AVISO DE COMPENSACION Y DILATARON MUCHO EN RESPONDER...

AHORA NECESITO ENVIAR UNA COMPENSACION POR 62,000.00 MI TEMOR ES QUE AL FINAL DILATEN TANTO QUE LUEGO ME REQUIERAN EL PAGO... ¿QUE POSIBILIDAD HABRIA DE ESTO?

OTRA DUDA..

YA BAJE LOS NUEVOS FORMATOS 2009 DE COMPENSACION Y DEVOLUCION Y EN LAS PROPIEDADES DICE QUE SI SE PERMITE EL LLENADO PERO NO PUEDO HACERLO.. TU PODRIAS ORIENTARME POR FAVOR??

DE ANTEMANO GRACIAS
 
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cielo178
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06/Abr/09 13:06
Re: No aplica compensación universal en IETU !!?? Arbitrariedad de la autoridad.,.,

Es cierto,, Se esta tardando para que queden aceptados los avisos, pero si salen después de un rato.

En cuanto a tu compensación, el acuse de envió te es suficiente para demostrar que este presentada, en caso de un requerimiento.

Aún no conseguimos los formatos editables 2009, los he estado buscando en internet y no los he encontrado.
 
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adrian_ortiz
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21/Abr/10 08:37
Re: No aplica compensación universal en IETU !!?? Arbitrariedad de la autoridad.,.,

BUENOS DIAS A TODOS

HOLA ADRIAN

ME PODRIAS PROPORCIONAR TU CORREO, PARA ENVIARTE LOS ARCHIVOS EDITABLES 2009, DE HECHO EN LA MISMA PAGINA DEL SAT LOS CONSIGUES, PERO SI TE ES DIFICIL, TE PODRIA AYUDAR ENVIANDOTELO.

SALUDOS Y BUEN DIA

ESTAMOS EN LA MISMA, ME RECHAZARON UNA COMPENSACION DE ISR A FAVOR DE EJERCICIOS ANTERIORES POR DISCREPANCIAS DEL DICTAMEN Y LA DECLARACION ANUAL COMPLEMENTARIA DONDE SE TOMA EL SALDO A FAVOR.
 
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viajero2021
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