Una empresa dedicada a la contruccion, tiene como cliente a la SCT y al momento de facturar las estimaciones de avance de obra 'me obligan a poner en la misma factura' algunos rubros que me los disminuyen del ingreso, ejemplo:
Estimacion 100
IVA 15
Inspeccion de obra 5
NETO 110
Y Cobro 110; los 5 pesos son segun yo gastos entonces para IETU puedo deducirlos, entonces acumulo para IETU 95; pago IVA de 15; ISR acumulo 100 y deduzco 5.
Ustedes que opinan???
Mi duda surge, al preguntarme donde dice q puedo hacer deducible esos gastos de Inspeccion de obra, colegio de Ingenieria, etc, etc, etc.
De antemano gracias
Solo vale la pena vivir, por lo que se esta dispuesto a morir - Manuel Alcántara
Hola, sino tienes comprobante, no puedes tener esas deducciones, como yo lo veo, la única forma es que lo pongas como un descuento en tu factura, eso va a afectar el monto del IVA y ahora si acumulas el neto para todos los efectos.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.