24/Mar/09 16:25
Re: TRAMITES EN EL SAT EN CASO DE DEFUNCION DE CONTRIBUYENTE
DEBES APERTURAR LA SUCESION TESTAMENTARIA O INTESTAMENTARIA, SEGUN SEA EL CASO ANTE EL TRIBUNAL COMPETENTE, ....EN ESTO TE PUEDE (DEBE) APOYAR UN ABOGADO, .........Y SI LOS SUCESOS SE DAN PARALELOS , O DISIMILES, TRAMITAR LO CONDUCENTE ANTE EL SAT
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/registro_t/101_11703.html
Aviso de apertura de sucesión.
Cuando una persona obligada a presentar declaraciones periódicas, fallezca se dará este aviso
El albacea lo debe presentar, dentro del mes siguiente al día en que acepte este cargo, ante el Módulo de Servicios Tributarios donde la persona fallecida venía presentando declaraciones periódicas
Contribuyentes en apertura de sucesión
Requisitos:
Que el albacea o representante legal de la sucesión haya tramitado previamente su certificado digital de Firma Electrónica Avanzada 'Fiel'.
Que el albacea o representante legal de la sucesión llame al Centro de Atención Telefónica, o bien, acuda directamente a alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al contribuyente o Módulos Fuera de Sede para verificar que la situación fiscal y de domicilio del contribuyente sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite.
Que el albacea o representante legal de la sucesión lleve consigo el día de su cita lo siguiente:
Disco magnético de 3 ½, dispositivo USB ó CD conteniendo el archivo de requerimiento (extensión REQ), el cual es generado junto con la llave privada a través de la aplicación SOLCEDI.
Formato impreso y con información completa de la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada. Este documento se entrega por duplicado.
Original y fotocopia del acuse del formato RX “Avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC' o del formato R2 'Aviso de apertura de sucesión'. En caso de no contar con alguno de estos acuses, el representante de la sucesión deberá acreditar su personalidad a través del documento en donde conste su nombramiento y aceptación del cargo de albacea (original o copia certificada), ya sea que haya sido otorgado mediante resolución judicial o en documento notarial, según proceda conforme a la legislación de la materia.
Los datos del representante que consten en el formato RX 'Avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación de RFC', en el formato R2 'Aviso de apertura de sucesión', o en su caso los datos del representante o albacea que consten en el nombramiento, deberán ser los mismos que los asentados en la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada en la sección 'Datos del Representante Legal'.
Original y fotocopia de la identificación oficial del albacea o representante legal de la sucesión.
Al finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión CER) grabada en el disco magnético de 3 ½ o en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado accediendo al apartado Entrega de certificados.
AVISO IMPORTANTE:
¡Evite dar vueltas! Consulte aquí los motivos por los que su trámite puede ser rechazado.
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SALUDOS
Editado: Marzo 24, 2009 16:27:06
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'