02/Abr/09 10:25
Re: MULTA INFONAVIT NUEVO REGLAMENTO
Hola:
Aplique primero el recurso de revocación, tiene 45 días, de efectuada la notificación de la multa.
El INFONAVIT e IMSS, corren siempre con error, de requerir y multar al mismo tiempo. Esta práctica es inconstitucional. Primero debe requerir, recopilar las pruebas de que lo requerido, no se le ha dado cumplimiento por parte del contribuyente. Posteriormente en 15 días después debe realizar la formulación de una multa.
Otro error común y fácil de impugnarse, es que los requerimientos, multas y resoluciones, no se firman de manera autógrafa, por lo que el documento puede ser inmediatamente considerado sin efectos legales. Lo que le daría, la oportunidad al contribuyente a realizar de manera espontánea, el cumplimiento de las obligaciones 'requeridas' sin sanción alguna.
Pudiesen existir algunos otros vicios menores, como la ausencia del derecho de audiencia, se entrega el requerimiento o la multa a persona que no es contribuyente, sin mediar una cita para su entrega, así como otras situaciones viciadas que pudiesen impugnarse con este procedimiento de defensa.
Ese recurso de aplicarse mediante un escrito basado en el formato señalado en los artículos 18 y 18-A CFF, soportados con requerimientos e indicaciones de los artículos del 116-128 CFF.
Este recurso debe estar preparado conforme a los artículos 122 y 123 del CFF
Editado: Abril 02, 2009 10:28:35
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?