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18/Mar/09 13:21
SALARIO PARA PAGO DE LOS 90 DIAS

Buen día:

El pago de los 3 meses y los 20 dias que marca el art.50 LFT, se paga con el salario diario integrado?

gracias
 
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NAVARRO1
Cabo

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18/Mar/09 14:07
Re: SALARIO PARA PAGO DE LOS 90 DIAS

ASI ES, PERO EL SALARIO INTEGRADO LABORAL. SI TIENES DUDA CHECA EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EL CONCEPTO DE SALARIO.

SALUDOS
 
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juancarm
Teniente Coronel

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18/Mar/09 15:38
Re: SALARIO PARA PAGO DE LOS 90 DIAS

Artículo 89 LFT.- Para determinar el monto de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores se tomará como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo en él la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84.

En los casos de salario por unidad de obra, y en general, cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho. Si en ese lapso hubiese habido aumento en el salario, se tomará como base el promedio de las percepciones obtenidas por el trabajador a partir de la fecha del aumento.

Cuando el salario se fije por semana o por mes, se dividirá entre siete o entre treinta, según el caso, para determinar el salario diario.
 
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CP_PACO
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19/Mar/09 19:22
Re: SALARIO PARA PAGO DE LOS 90 DIAS

El concepto salario ya implica que conlleva una integracion de distintas remuneraciones que han de ser liquidadas por el servicio que se prestaria.

Leer el Art 84 LFT y otros similares

Me a tocado la experiencia de que los abogados de oficio, hacen confundir al trabajador, indicando que se ponga en la demanda la cuota diaria en lugar del salario diario.

Este salario diario es el equivalente a las partidas del SDI mas las partes no integrables

Si el abogado de oficio pone en la demanda menor cantidad de salario, con obvias razones la cuantia de las indemnizaciones se tasaran a un valor menor.

Por eso es importante, conocer el concepto de salario y cuantificarlo
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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