Tengo una duda en cuanto a las facturas que emiten las agencias aduanales, ya que me están cobrando maniobras que a ellos les facturaron a su nombre, me envían la factura original, pero ¿de que manera puedo yo deducirla? si se facturó a la agencia no a la empresa, aunque la relacionan en la factura de ellos como gastos efectuados por cuenta del cliente, pero sin desglosar el IVA.
ART.32
XXI. Los pagos por servicios aduaneros, distintos de los honorarios de agentes aduanales y de los gastos en que incurran dichos agentes o la persona moral constituida por dichos agentes aduanales en los términos de la Ley Aduanera.
RLISR
ART.56
Para los efectos del artículo 32, fracción XXI de la Ley, tratándose de operaciones de comercio exterior, en las que participen como mandatarios o consignatarios los agentes o apoderados aduanales, se podrán deducir para los efectos del impuesto, los gastos amparados con comprobantes expedidos por los prestadores de servicios relacionados con estas operaciones a nombre del importador, aun cuando la erogación hubiere sido efectuada por conducto de los propios agentes o apoderados aduanales.
Saludos
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.