Foros


Inicio » Comercio Exterior

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
14/Mar/09 00:42
DTA (DERECHO DE TRAMITE ADUANERO)

BUENAS NOCHES
Tengo una duda, es con respecto al DTA en una importación, quisiera saber si considera para base de iva , o no, y su fundamento, de antemano, muchas gracias
 
Perfil

chuch02
Sargento Segundo

Mensajes: 78
Ingresó: Enero 16, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
14/Mar/09 18:27
Re: DTA (DERECHO DE TRAMITE ADUANERO)

chuc02:

A continuacion el fundamento:

LEY FEDERAL DE DERECHOS

ARTÍCULO 49 Tasas o cuotas por Derecho de Trámite Aduanero

Se pagará el derecho de trámite aduanero por las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la Ley Aduanera, conforme a las siguientes tasas o cuotas:

I. ……………………. VIII.



Cuando por la operación aduanera de que se trate, no se tenga que pagar el impuesto general de importación, el derecho se determinará sobre el valor en aduana de las mercancías.

El pago del derecho, se efectuará conjuntamente con el impuesto general de importación o exportación, según se trate. Cuando no se esté obligado al pago de los impuestos citados, el derecho a que se refiere este artículo deberá pagarse antes de retirar las mercancías del recinto fiscal.

La recaudación de los derechos de trámite aduanero, incluyendo el adicional a que se refiere el artículo 50de esta Ley, se destinará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

Tratándose de los derechos de trámite aduanero que se recauden en Colombia, Nuevo León, los mismos se destinarán al pago de inversión que el Gobierno del Estado de Nuevo León hubiere hecho en la construcción de la garita y hasta por el monto de la misma.


LEY I.V.A.

Artículo 27.- Para calcular el impuesto al valor agregado tratándose de importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación.
El valor que se tomará en cuenta tratándose de importación de bienes o servicios a que se refieren las fracciones II, III y V del artículo 24, será el que les correspondería en esta Ley por enajenación de bienes, uso o goce de bienes o prestación de servicios, en territorio nacional, según sea el caso.

Tratándose de bienes exportados temporalmente y retornados al país con incremento de valor, éste será el que se utilice para los fines del impuesto general de importación, con las adiciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo.


Saludos
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
Perfil

MARIOORTIZ
Capitán Primero

Mensajes: 749
Ingresó: Noviembre 26, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Mar/09 14:06
Re: DTA (DERECHO DE TRAMITE ADUANERO)

Observa como se pagaria un pedimento su IVA. Saca su base a tasa 15% y tasa 0% si es el caso.

Luego suma las bases obtenidas, restales el valor de aduana por toda las mercancias y el IGI (Impuesto general de importacion) o los impuestos de importacion relativos. Y por ultimo, fijate que queda de base

Luego seguimos platicando.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Mar/09 21:01
Re: DTA (DERECHO DE TRAMITE ADUANERO)

Hola que tal, muchas gracias por sus comentarios, se agradece su apoyo, saludos
 
Perfil

chuch02
Sargento Segundo

Mensajes: 78
Ingresó: Enero 16, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Mar/09 19:22
Re: DTA (DERECHO DE TRAMITE ADUANERO)

Complementando.
El iva se paga sobre la base gravable del Pedimento.. ( Valor en Aduanas)..
Valor Comercial de la Mercancia + Advalorem+Incrementables ( Fletes, Seguros, etc.)
Art. 64, 71 Ley Aduanera

El DTA, Es pago de Derechos por lo que no se incluye en el calculo del IVA
 
Perfil

juansolis
Soldado

Mensajes: 5
Ingresó: Octubre 02, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Mar/09 22:22
Re: DTA (DERECHO DE TRAMITE ADUANERO)

juan solis:

El DTA, Es pago de Derechos por lo que no se incluye en el calculo del IVA

Revisalo en base a un pedimento de importacion que cause dta y nos comentas

Saludos
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
Perfil

MARIOORTIZ
Capitán Primero

Mensajes: 749
Ingresó: Noviembre 26, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Abr/09 13:51
Re: DTA (DERECHO DE TRAMITE ADUANERO)

Segun la CPEUM no se debe cobrarse impuesto a los impuestos. Habria una doble tributacion, segun las leyes internacionales.

El DTA es un cobro a consecuencia por un servicio, entonces debe ser afecto al IVA conforme al Art 1 LIVA. EL DTA no es un impuesto, para que se deje de cobrar el IVA

Pero si se observa cuánto se cobra de IVA, en un pedimento, pueden hacer la operacion inversa, entre 15% de ser operable esta tasa, a todos los articulos importados.

El resultado que se obtenga será la base para el IVA, restesele el IGI cobrado y el valor de aduana. Quedará el DTA incluído en la base del IVA.

Tambien la base de IVA se puede obtener por cada articulo desglosado en el pedimento, en su parte de la derecha se expresa la tasa del IVA y su valor de IVA a cubrirse, que coincidira con el total del IVA a cubrirse en la aduana.

Segun la LA el IGI no es un impuesto, es un monto de equiparacion o partida compensatoria con relacion a los articulos nacionales, que iria de manera intrinseca con el valor de lo que se importaria. Asi que seria el unico 'impuesto' afecto a la LIVA.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1