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11/Mar/09 14:57
Deducción de Inversiones no aplicada

Buenas tardes,

Revisando encontré que en un ejercicio una empresa no realizó la deducción de un activo que el año anterior si había empezado a deducir, pero por error en la fórmula no lo consideró como deducción fiscal.
¿en este caso ya no podría deducir en años posteriores esa parte que le faltó en el ejercicio anterior?

Gracias
 
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Lebiram
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11/Mar/09 15:09
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

Hola Lebiram:

Debes observar el Art. 37 LISR en su quinto parrafo, por favor, lo siguiente:

Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente. El contribuyente podrá no iniciar la deducción de las inversiones para efectos fiscales, a partir de que se inicien los plazos a que se refiere este párrafo. En este último caso, podrá hacerlo con posterioridad, perdiendo el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción conforme a este artículo y hasta que inicie la misma, calculadas aplicando los por cientos máximos autorizados por esta Ley.

Espero, se hayan aclarado tus dudas.

Sin embargo, sugiero darle una lectura completa y muy provechosa de manera integral al Art 37 y a los subsecuentes artículos hasta llegar al 45 LISREditado: Marzo 11, 2009 14:14:17
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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11/Mar/09 15:41
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

Mi sugerencia sería presentar una Declaración Complementaria por el ejercicio en el cual no se depreció el activo.

Claro hay que evaluar el Costo-Beneficio de ello, por un lado el beneficio de considerar la Depreciación en el ejercicio en cuestión y por otro la labor administrativa y contable que ello implicaría.

Saludos.
 
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CP_PACO
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11/Mar/09 23:18
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

Para qué tomar la opción de la complementaria. Si se tiene la opción, de empezar a depreciar al siguiente ejercicio. Y no se perderían cantidades de inversiones por deducir. Eso es muy bueno.

Se perderían cantidades, si no se ejerce la opción de deducirse en el segundo ejercicio. Al tercer año, ya se perdería mínimo la depreciación del segundo año. (Considerándose la opción del año siguiente).
 
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enrique9727
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12/Mar/09 08:03
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

Enrique: yo entendí que en el año 1 si se depreció, en el año 2 no se hizó y del año 3 en adelante si se esta depreciando... de ahí que no aplique la opción de empezar a deducirlo hasta el año siguiente. Por eso mi sugerencia de la complementaria dependiendo del monto de depreciación anual para evaluar si se presenta o bien se asume el costo de perder el beneficio de la depreciación por ese ejercicio.
 
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12/Mar/09 09:58
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

Hola,

Efectivamente en el segundo año no depreciaron ese activo fiscalmente, pero la empresa se dictamina e incluso ya se presentó declaración complementaria por dictamen sin considerar esta deducción.

Gracias x sus comentarios
 
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Lebiram
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12/Mar/09 10:12
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

Y los auditores no te detectaron la omisión? En Fin.... entonces no te queda otro camino que perder el beneficio de la depreciación de ese año en cuestión....
 
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12/Mar/09 10:31
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

el presentar la declaracion complementaria es regalarle por lo menos un año que sirve para los 5 años de caducidad o prescripcion de las facultades de comprobacion de la autoridad...


saludos
 
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12/Mar/09 17:07
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

....que en un ejercicio una empresa no realizó la deducción de un activo que el año anterior si había empezado a deducir...



Ya habia empezado a depreciarse un año antes... y en el siguiente no se deprecio.

Como se indica, posiblemente no vale la pena aplicar la depreciacion en la declaracion complementaria. A no ser que se junte con otras 'errores' o el monto a deducirse es considerable.Editado: Marzo 12, 2009 17:16:25
 
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12/Mar/09 17:12
Re: Deducción de Inversiones no aplicada

Enrique: el problema aquí es que el primer año si se depreció el bien y en el segundo ya no se efectuó... de ahi mi comentario que se perdería el beneficio de la depreciación del segundo año....
 
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