03/Mar/09 17:11
Re: Altas y Bajas de trabajadores
Si se declara en banca rota. Entonces la compañía que quiebra debe liquidar a su personal conforme a LFT. Los trabajadores son los primeros en ser liquidados, no entran al concurso o a la quiebra. La ley les da primer mano para sus derechos
Ver Art 114, 434, 438 LFT
Tambien se requira darle una lectura al Art 154 LFT
Si es vendida, la nueva empresa debe establecer si absorbería el pasivo laboral y las obligaciones del personal, reconociendoles su antiguedad, siendo un patron sustituto.
O esperar si son liquidados por la compañia que quedo en quiebra, y decidir que personal contratar de inicio como un nuevo patron.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?