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26/Feb/09 23:01
RIESGO DE TRABAJO

SALUDOS COLEGAS CONTADORES, POR ESTE MEDIO ME PERMITO HACER UNA PREGUNTA. COMO SABEMOS QUE EN ESTE MES DE FEBRERO HAY QUE DETERMINAR Y PRESENTAR LA PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO. YA REALICE TODA LA TALACHA. BUENO LA CUESTION ES QUE EL RESULTADO ME DIO LA MISMA PRIMA QUE YA TENIA, ES NECESARIO PRESENTARLA? Y CUAL ES SU FUNDAMENTO?.

DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS
 
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Eduardo131516
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27/Feb/09 03:54
Re: RIESGO DE TRABAJO

¿Esta seguro que es el mismo valor exacto de la misma prima?

Se supone que incrementaria o disminuiria en 1% como tope maximo o minimo

No es que dude de su palabra, pero verifique sus calculos y para su mejor proteccion, presente su DART, pues ya hizo lo mas pesado la TALACHA. No escatime esfuerzos, que pudiese salir mas caro despues.

Bueno indica que le pasen fundamentaciones, sugiero lea del art 70 al 79 LSS, despues busque el RACERF sus articulos correletivos
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Feb/09 09:56
Re: RIESGO DE TRABAJO

YO SI TE CREO QUE SEA EXACTAMENTE LA MISMA, .....HAY SUPUESTOS DONDE ASI SUCEDE.......

CONSIDERO QUE SI DEBES PRESENTARLA, .....ESTO PARA AVISARLE AL IMSS QUE 'SIGUES DENTRO DE LA MISMA', ....AUN Y CUANDO ELLOS 'SABEN' ESO AL NO PRESENTARLA......SUGIERO SI LO HAGAS, ..............



III. ASPECTOS RELEVANTES A CONSIDERAR PARA LA PRESENTACION DEL FORMATO

“Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad” CLEM-22

- Se eximirá a la empresa de la obligación de presentar ante el IMSS la “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”, cuando:

La nueva prima determinada resulte igual a la del período anterior.

Se haya dado de alta ante el IMSS o modificado su actividad durante el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre del año que corresponda al período de revisión.

Exista una reanudación y conserve la misma actividad durante el período que se revisa y haya transcurrido un tiempo mayor a seis meses entre ésta y la fecha de la baja.
- La empresa que estando obligada a presentar ante el IMSS la determinación respectiva durante el período establecido no lo hiciere, el IMSS le notificará de oficio la Resolución de Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
Conforme al artículo 72 de la Ley del Seguro Social, último párrafo “Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente o cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento, de acuerdo al artículo 73 de esta Ley”.
El Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, en su Artículo 33, fracciones I, II y III, dispone los supuestos en los que el Instituto podrá rectificar o determinar la prima de un patrón, mediante resolución, que se notificará a éste o su representante legal.
La Ley del Seguro Social, en sus artículos 304 A, fracción XV y 304 B, fracción III, disponen las infracciones y los importes de las sanciones, respectivamente, para patrones que estando obligados no presenten su determinación, lo hagan extemporáneamente o con datos falsos o incompletos.
8

MAYORES DATOS AQUI..........

http://www.imss.gob.mx/NR/rdonlyres/1984A2C8-A683-4AAF-9EF3-864A4CFED144/0/Inst_determ_2009.pdf

SALUDOS Y SUERTE
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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27/Feb/09 14:03
Re: RIESGO DE TRABAJO

No digo que no se dé el caso, pero casi resultaria muy improbable. Pero si, nos comparte la siguiente informacion:

Entrega la prima por el año anterior y las siguientes variables,

S=dias subsidiados por causa de incapacidades temporales
I=suma de % de las incap permanentes parciales y totales, divididos entre 100
D=numero de defunciones
N=numero de trabjadores promedio
F=factor de prima
M=prima minima de riesgo

Le ayudariamos con su calculo

Y haber si sale igual.

Gracias
 
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enrique9727
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27/Feb/09 22:53
Re: RIESGO DE TRABAJO

:neutral: BUenas noches. Si su calculo es correcto, NO debe presentar la Dart. El fundamento ya se lo dieron y el imss agradecerá (aunque nunca se lo diga), que no la envíe. De todas formas, déle una segunda checada a su calculo.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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28/Feb/09 23:05
Re: RIESGO DE TRABAJO

MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS, ME FUERON DE GRAN AYUDA Y EFECTIVAMENTE SE MOVIO UN POCO LA PRIMA. Y GRACIAS POR EL FUNDAMENTO. HEMOS APRENDIDO ALGO MAS.

SALUDOS
 
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Eduardo131516
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02/Mar/09 13:03
Re: RIESGO DE TRABAJO

Gracias a Usted Eduardo131516.

En mi experiencia no se me ha presentado que la prima se mantenga exactamente igual hasta la diezmilésima. De salir asi, es casi como sacarse la Loteria. Bueno, es su suerte.

Suerte con su DART
 
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enrique9727
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02/Mar/09 21:26
Re: RIESGO DE TRABAJO

:lol: Buenas noches. Ya ve...?? No importa que se de Pueb... digo, que sea de los que no ganan en su nido... aqui apoyamos a todos x igual...

El Lic.

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pepesoto
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