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23/Feb/09 15:32
DEDUCCION DE CUENTAS PENDIENTES DE PAGAR

Hola ¡ Buenas Tardes.
Tengo una duda, puedo hacer o no deducible, la compra de mercancia a una persona fisica, la cual al 31 de diciembre de 2008, todavia no habìa pagado. Serìa deducible en el ejercicio 2008? o hasta el momento que lo pague. SE TRATA DE UNA PERSONA MORAL.

ESPERO COMENTARIOS. GRACIAS
 
Buen dia!
 
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mvazquezs22
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23/Feb/09 15:55
Re: DEDUCCION DE CUENTAS PENDIENTES DE PAGAR

Recuerda que el esquema para la deducción de las compras en una PM para efectos del ISR es vía costo de ventas, es decir, no importa si ya pagaste o no la mercancía a tu proveedor, esto último aplicaría para IETU en el cual deduces tus compras cuando son efectivamente pagadas....
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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