Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
23/Feb/09 11:25
LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

Estimados,

Que politica me recomiendan cuando el trabajo se realiza en casa, que % de la Luz y el Telefono puedo hacerme deducible....?

Tanto el Recibo de Luz como el de Telefono estan a nombre del contribuyente y con dirección fiscal, lo unico que no puedo hacerle deducible todo....?
 
Perfil

rzepedap
Cabo

Mensajes: 27
Ingresó: Enero 26, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
23/Feb/09 11:49
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

ASI ES, DEBE SER PROPORCIONAL A LOS METROS OCUPADOS,............

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
23/Feb/09 15:08
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

En fiscalía se publicó el año pasado un artículo al respecto.... te dejo el link respectivo:

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=2442
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14653
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Feb/09 16:47
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

Saludos

Esta proporcion es aplicable tambien en el pago del Predial???
 
'Si tu problema tiene solucion que te preocupa y si no lo tiene que te preocupa...'
 
Perfil

Rgomez
Cabo

Mensajes: 49
Ingresó: Octubre 31, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Feb/09 16:53
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

El Artículo 158 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), establece que en el caso de que los contribuyentes que perciban ingresos por actividades empresariales o profesionales, destinen una parte de su casa-habitación exclusivamente para el desarrollo de las actividades de las cuales provengan dichos ingresos, podrán deducir de éstos la parte proporcional del importe de las rentas pagadas, o cuando el inmueble sea de su propiedad, la parte de la deducción por inversiones que le corresponda a dicho bien.

Predial y otras contribuciones
El citado artículo permite también la deducción, en la proporción indicada, del impuesto predial, las contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas que recaigan sobre el citado bien.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14653
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Feb/09 16:53
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

Saludos

Ya aclare la duda solo faltaba buscar un poco mas :smile:

RISR–PF–ACTIVIDADES EMPRESARIALES
158. Actividades empresariales o profesionales en casa habitación

En el caso de que los contribuyentes que perciban ingresos de los señalados en el artículo 120de la Ley, destinen una parte de su casa-habitación exclusivamente para el desarrollo de las actividades de las cuales provengan dichos ingresos, podrán deducir de éstos la parte proporcional del importe de las rentas pagadas, o cuando el inmueble sea de su propiedad, la parte de la deducción por inversiones que le corresponda a dicho bien, así como la del impuesto predial, las contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas que recaigan sobre el citado bien. La parte proporcional en ambos casos se determinará considerando el número de metros cuadrados de construcción que el contribuyente destine a la realización de dichas actividades, en relación con el total de metros cuadrados de construcción del inmueble.
evise el articulo :smile::smile:
 
'Si tu problema tiene solucion que te preocupa y si no lo tiene que te preocupa...'
 
Perfil

Rgomez
Cabo

Mensajes: 49
Ingresó: Octubre 31, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Feb/09 16:54
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

Ok... te me adelantaste a mi respuesta....
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14653
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Feb/09 16:55
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

ups, gracias CP_PACO no habia visto tu contestacion, te agradezco la ayuda de antemano
 
'Si tu problema tiene solucion que te preocupa y si no lo tiene que te preocupa...'
 
Perfil

Rgomez
Cabo

Mensajes: 49
Ingresó: Octubre 31, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Feb/09 16:57
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

De nada... seguimos en contacto...
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14653
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Feb/09 19:16
Re: LUZ Y TELEFONO % de Deducibilidad trabajo en casa

ART. 158 RLISR:
'...PODRAN DEDUCIR DE ESTOS LA PARTE PROPORCIONAL DEL IMPORTE DE LAS RENTAS PAGADAS, O CUANDO EL INMUEBLE SEA DE SU PROPIEDAD, LA PARTE DE LA DEDUCCION POR INVERSIONES QUE LE CORRESPONDA A DICHO BIEN, ASI COMO LA DEL IMPUESTO PREDIAL, LAS CONTRIBUCIONES LOCALES DE MEJORAS, DE PLANIFICACION O DE COOPERACION PARA OBRAS PUBLICAS QUE RECAIGAN SOBRE EL CITADO BIEN. LA PARTE PROPORCIONAL EN AMBOS CASOS SE DETERMINARA CONSIDERANDO EL NUMERO DE METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCION QUE EL CONTRIBUYENTE DESTINE A LA REALIZACION DE DICHAS ACTIVIDADES, EN RELACION CON EL TOTAL DE METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCION DEL INMUEBLE'...

EN MI APRECIACION ,ESTE ARTICULO SOLO SE REFIERE A DEDUCIR 'CIERTOS GASTOS', PERO NO INDICA NADA REFERENTE A LA DEDUCCION DE TELEFONOS NI LA LUZ...

YO TAMBIEN TRABAJO EN UNA CASA HABITACION Y CUANDO ANDABA VIENDO LA MANERA DE HACER DEDUCIBLE 'LO CORRESPONDIENTE A LA PARTE PROPORCIONAL', UN ASESOR DE HACIENDA ME HIZO REFERENCIA A ESTE ARTICULO Y ME HIZO LA OBSERVACION QUE LES COMENTO. DE HECHO, ME PLANTEO EL CASO DEL TELEFONO, QUE EN SI, POR TRATARSE DE UNA CASA HABITACION, GENERALMENTE ES UNA LINEA RESIDENCIAL MAS NO COMERCIAL. LO MISMO EL GASTO DE LA LUZ. EL PAGO QUE SE HACE ES REFERENTE A UNA CASA HABITACION Y NO COMERCIAL (ESTO ME LO COMENTO POR LA CUESTION DE QUE UNA LINEA O SERVICIO DE LUZ ES MAS BARATO UNA RESIDENCIAL QUE UNA COMERCIAL)... EN CONCLUSION, LO QUE YO HICE PARA PODERME DEDUCIR EL TELEFONO, FUE CAMBIARLA POR UNA COMERCIAL (AUNQUE YA DESPUES DE TODO ESTE MEREQUETENGUE YA NO VIVO AQUI, SOLO TRABAJO, POR LO QUE AHORA EN EL SUPUESTO EN QUE ESTOY, YA SERIA DEDUCIBLE TODO AL 100%)
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2