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16/Feb/09 11:49
Acreditamiento del IVA a favor de 2008

Buen día a todos:

El IVA que quedo a favor al 31 de diciembre de 2008, se puede acreditar en la declaracion de enero de 2009, o es hasta que se presente la declaracion anual de 2008?

Por su atención Gracias
 
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RUTHPS
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16/Feb/09 12:02
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

SI se puede hasta agotarlo.

NO hay que esperar la declaracion anual.

Saludos
 
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vabdo
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16/Feb/09 12:04
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

hasta que se presente la declaracion anual de 2008? ............anual de IVA ???????


El IVA que quedo a favor al 31 de diciembre de 2008.......RECUERDAS QUE SON PAGOS DEFINITIVOS ?

EN MIS RESPUESTAS - PREGUNTAS .......ESTAN LAS RESPUESTAS A TU DUDA

SALUDOS
 
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lobozac
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16/Feb/09 12:05
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

Gracias por sus respuestas
 
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RUTHPS
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16/Feb/09 12:09
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

GRACIAS A TI, .,..........SUPONGO ENTONCES QUE SI TE RECORDE, QUE NO EXISTE ANUAL COMO TAL PARA DECLARARA IVA, .........Y QUE POR ELLO LOS PROVISIONALES SON DEFINITIVOS ?.........VERDAD ?


SALUDOSEditado: Febrero 16, 2009 12:25:12
 
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lobozac
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16/Feb/09 12:13
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

Los pagos de IVA que efectuas en forma mensual tienen el carácter de definitivos, por lo cual puedes utilizarlos de inmediato ya sea vía acreditamiento contra el mismo impuesto o vía compensación universal.
 
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CP_PACO
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16/Feb/09 19:33
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

se puede hacer acreditamiento del saldo de iva a favor de diciembre 2008 con el iva de enero 2009 y a su vez hacer compensacion contra ietu de enero 2009?
 
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fega
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16/Feb/09 19:36
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

A CHISPIAJOS....COMO ESTUVO ESO ?

SI NOS EXPLICAS COMO VA EL ASUNTO.......

SALUDOS
 
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lobozac
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16/Feb/09 22:45
Re: Acreditamiento del IVA a favor de 2008

El IVA que quedo a favor al 31 de diciembre de 2008, se puede acreditar en la declaracion de enero de 2009, o es hasta que se presente la declaracion anual de 2008?


Investiga el Art. 5 LIVA. Ahí se permite el acreditamiento del saldo a favor por meses anteriores correspondientes.

Es importante presentar las declaraciónes de los saldos a favor de los mes correspondientes que antecederían.

Y por último, se ratificaría el procedimiento del acreditamiento, en la declaración anual informativa correspondiente.


se puede hacer acreditamiento del saldo de iva a favor de diciembre 2008 con el iva de enero 2009 y a su vez hacer compensacion contra ietu de enero 2009?


Solamente se puede aplicar una sola opción de recuperación, por el mismo saldo a favor.

Si se decide comenzar el acreditamiento... el remanente debe continuarse con un procedimiento de acreditamiento hasta agotarse

Del mismo modo, sería para las otras formas de recuperación: Las compensaciones y por las devoluciones.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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