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04/Feb/09 11:24
DEPENDENCIAS DE GOBIERNO EXENTOS DE IMPUESTOS?

ESTIMADOS SEÑORES.

ENVIE MI RECIBO DE ARRENDAMIENTO A UNA DEPENDENCIA DE GOBIERNO PORQUE LE RENTO UN LOCAL, PERO ME LO REGRESARON PORQUE DICE QUE YA NO DEBE DE LLEVAR NI IVA NI RETENCIONES DE IVA Y DE ISR. ¿QUE HAY DE CIERTO EN ESTO?
AGRADEZCO DE ANTEMANO SUS APOYOS. GRACIAS.
 
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CPRENEREYES
Sargento Primero

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04/Feb/09 11:28
Re: DEPENDENCIAS DE GOBIERNO EXENTOS DE IMPUESTOS?

CHECATE EL ARTICULO 3 DE LIVA
 
**ES MI MAS HUMILDE OPINION** ------------------------------------ L.C. RUIZ **Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
 
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lcruizuscanga
Coronel

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04/Feb/09 12:13
Re: DEPENDENCIAS DE GOBIERNO EXENTOS DE IMPUESTOS?

Artículo 3o LIVA.- La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados, las instituciones y asociaciones de beneficencia privada, las sociedades cooperativas o cualquiera otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación a que se refiere el artículo primero y, en su caso, pagar el impuesto al valor agregado y trasladarlo, de acuerdo con los preceptos de esta Ley.

Acreditamiento del impuesto por entidades públicas
La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, así como sus organismos descentralizados y las instituciones públicas de seguridad social, tendrán la obligación de pagar el impuesto únicamente por los actos que realicen que no den lugar al pago de derechos o aprovechamientos, y sólo podrán acreditar el impuesto al valor agregado que les haya sido trasladado en las erogaciones o el pagado en la importación, que se identifique exclusivamente con las actividades por las que estén obligados al pago del impuesto establecido en esta Ley o les sea aplicable la tasa del 0%. Para el acreditamiento de referencia se deberán cumplir con los requisitos previstos en esta Ley.

Retención del impuesto por la Federación y sus organismos descentralizados
La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo. También se efectuará la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley, en los casos en los que la Federación y sus organismos descentralizados reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas morales. Los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como sus organismos descentralizados no efectuarán la retención a que se refiere este párrafo.

Residentes en territorio nacional
Para los efectos de este impuesto, se consideran residentes en territorio nacional, además de los señalados en el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas o las morales residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos en el país, por todos los actos o actividades que en los mismos realicen.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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04/Feb/09 12:24
Re: DEPENDENCIAS DE GOBIERNO EXENTOS DE IMPUESTOS?

SEÑORES, MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS.
 
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CPRENEREYES
Sargento Primero

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04/Feb/09 12:24
Re: DEPENDENCIAS DE GOBIERNO EXENTOS DE IMPUESTOS?

De acuerdo con lo comentado con los campañeeros.

Solo Agregaria NO llevan retension de IVA. De ISR si.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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