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28/Ene/09 14:17
DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

Estimados Señores:

Tengo una duda en la exencion de la declaracion de clientes y proveedores por el ejercicio 2008 en PF con Act Emp y Prof., si no quiero presentar la declaracion de CyP 2008, debo de presentar el DIM por todo el 2008 o solamente de Julio a Diciembre y con eso ya no presento la de Clientes y Proveedores?.
 
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CPRENEREYES
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28/Ene/09 14:41
Re: DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

CONSIDERO QUE SOLO CON PRESENTAR EL DIOT DE JULIO A DICIEMBRE DE 2008 ES MAS QUE SUFICIENTE PARA ESTAR EXIMIDO DE PRESENTAR LA DE CYP DE 2008
 
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rauldelara
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28/Ene/09 14:41
Re: DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

4. Los contribuyentes personas físicas ¿cuándo deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?

Por el periodo de enero a junio de 2008, las personas físicas tendrán por cumplida esta obligación, siempre que estén obligadas a presentar, y presenten, la declaración de clientes y proveedores por el ejercicio de 2008.

Por el periodo de julio a diciembre de 2008, las personas físicas deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) acorde a lo siguiente:

Información correspondiente al mes de: Se presentará en el mes de:
Julio de 2008 Agosto de 2008
Agosto de 2008 Septiembre de 2008
Septiembre de 2008 Octubre de 2008
Octubre de 2008 Noviembre de 2008
Noviembre de 2008 Diciembre de 2008
Diciembre de 2008 Enero de 2009
 
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CP_PACO
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28/Ene/09 14:47
Re: DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

En base a la respuesta de cp_paco, entonces si estoy obligado a presentar la declaracion de clientes y proveeroes por todo el ejercicio 2008, y asi quedo exento de la declaracion de iva de Ene-Jun 2008.
 
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CPRENEREYES
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28/Ene/09 14:56
Re: DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

Artículos Resolutorios de la III Modificación. DOF 26-Dic-2008
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre, 2008

TERCERO. Se reforma el Artículo Segundo Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada en el DOF el 31 de julio de 2008, para quedar de la siguiente manera:


Artículo Segundo. Por el ejercicio fiscal de 2008, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores, prevista en los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32 , fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2008.
Las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.1.5.
Las personas físicas presentarán la información por los meses de julio a diciembre de 2008, en los términos de la regla I.5.1.6. y por los meses de enero a junio de 2008, deberán presentarla a más tardar el 15 de febrero de 2009.
 
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CP_PACO
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28/Ene/09 15:06
Re: DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

DIOT: ¿Quiénes la deben presentar y cómo?
Revisión de la obligación de presentar DIOT por períodos de 2007 y 2008.


PERSONAS FÍSICAS
Operaciones de enero a junio 2008
Las personas físicas tendrán por cumplida esta obligación por el periodo de enero a junio de 2008, siempre que estén obligadas y cumplan con presentar la declaración de clientes y proveedores (a través del DIMM) y, si es el caso, expidan las constancias de pagos y retenciones al extranjero.

Conclusión: Las PF deberán de presentar la información de Clientes y Proveedores de Ene a Jun de 2008 por medio del DIMM
 
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CP_PACO
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28/Ene/09 15:09
Re: DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

4.3. Declaración Informativa de Operaciones con Clientes y Proveedores en DIMM

Antes de analizar la declaración de clientes y proveedores, es necesario aclarar que mediante el Artículo Segundo Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, se establece que por el ejercicio fiscal de 2008, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores, prevista en los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, cuando los contribuyentes presenten la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), respecto de todo el ejercicio fiscal de 2008, de la siguiente manera:

Las personas morales presentarán la DIOT de forma mensual, durante todo el ejercicio 2008.
Las personas físicas la presentarán la información por los meses de julio a diciembre de 2008 de forma mensual, a más tardar en el mes siguiente a aquél al que corresponde, y por los meses de enero a junio de 2008, deberán presentarla a más tardar el 15 de febrero de 2009.
Quienes presenten la declaración informativa de operaciones con clientes y proveedores en montos superiores a $50,000 pesos, no se presentará a través de la DIM, sino a través del programa proporcionado por el SAT denominado Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos (DIMM).


El Artículo 86 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que para efectos de la Declaración Informativa de Clientes y Proveedores, se considerará el monto de las operaciones realizadas en el año de calendario de que se trata, incluyendo el importe de los impuestos correspondientes, de acuerdo con los comprobantes fiscales correspondientes.

Por otra parte, el software DIMM a través del cual se captura la información de las operaciones realizadas con clientes y proveedores claramente señala que las cantidades se capturarán sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la interpretación de la disposición mencionada es la siguiente: La cantidad de $50,000 pesos que establece el Artículo 86 en su fracción VIII, como límite mínimo para informar las operaciones de un cliente o proveedor, es la que se debe considerar incluyendo impuestos; es decir, si se tienen operaciones que incluyendo impuestos sean iguales o superiores a $50,000, entonces esos clientes o proveedores se deberán informar, pero sin incluir el IVA. Ejemplo:

Operación con Cliente 'X'
$45,000

IVA
$ 6,750


--------------------------------------------------------------------------------

--------------------------------------------------------------------------------

Total
$51,750


Esta operación se debe informar porque en su totalidad es superior a $50,000, pero capturando únicamente $45,000 en el DIMM.

En conclusión, los montos a informar de clientes y proveedores son los que sobrepasen $50,000 incluyendo impuestos, pero se capturarán sin incluir el IVA.

Cabe resaltar que las operaciones con clientes o proveedores extranjeros no se informan de forma individual, sino que únicamente se incluirá el monto global de estas operaciones, y el número de clientes o proveedores que se relacionan. Estos datos se indican en la carátula de la declaración.

De acuerdo con el Artículo 86 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), los contribuyentes sujetos a control y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán proporcionar únicamente la información relativa a clientes y proveedores que, en su caso, solicite dicha Comisión.

Asimismo, quienes únicamente efectúen operaciones con el público en general, quedan relevados de la obligación de presentar la información de sus clientes.

Es importante recordar que el Artículo 86 de la Ley del ISR, en su fracción VIII establece que esta declaración informativa podrá ser solicitada por las autoridades fiscales en cualquier tiempo, después del mes de febrero del año siguiente al ejercicio al que corresponda la información solicitada, sin que dicha solicitud constituya el inicio de las facultades de comprobación, y los contribuyentes contarán con un plazo de 30 días hábiles para presentarla, contados a partir de la fecha en la que surta efectos el requerimiento respectivo. Por tanto, el primer requerimiento de esta información no generaría multa a cargo del contribuyente.
 
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28/Ene/09 16:29
Re: DUDA EN CLIENTES Y PROVEEDORES 2008

La LIVA obliga a todos sus contribuyentes presentar DIOT

Mientras que la LISR a todos sus contribuyentes obliga a presentar las DIMM (clientes y proveedores) Antes el DIMM se presentaba otros tipos de declaraciones informativas. Y se cambio por un DIM

Todos los anexos se cambiaron al DIM, excepto clientes y proveedores. Que ha venido a entregarse en el DIMM

Las DIOTs no se podia presentar, pues no habia software y/o reglas para su presentacion. En Julio 2007, nacio la obligacion para la presentacion en las persona morales, por todos los meses de ese ejercicio.

Luego se abrio las obligaciones para las PF, pues a pesar que ya habia formato y reglas, la autoridad no recibia esas declaraciones, que empezaron a recibir a partir de Julio 2008

La SHCP emitio en distintos tiempos del 2008, 3 RMF distintas, en donde se otorgaban facilidades para no emplear el DIMM (declaracion de clienes y proveedores) La ultima RMF fue y la que sigue vigente es que presentando todos meses las DIOT puede tomarse la opcion de no presentar DIMM. Ahora en 2009, es casi igual la regla, solo que limitan a la facilidad a que se presenten todas las DIOTs antes del vencimiento del DIMM

La autoridad esperaría que los contribuyentes cumplan integramente sus declaraciones por DIOT por todo el 2008 y asi ya no tener que recibir los DIMM

Pero, es opcion de cada contribuyente ejercer las RMF que procure emplear.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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