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27/Ene/09 10:18
JUBILACION 68 AÑOS DE EDAD

BUEN DIA, NECESITO DE SU AYUDA, QUISERA SABER SI UNA PERSONA CON 68 AÑOS DE EDAD Y 10 AÑOS DE TRABAJO ANTERIORES CONSCUTIVOS TIENE DERCHO A LA PENSION DEL IMSS Y AL RETIRO DEL AFORE
 
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sonico
Soldado

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27/Ene/09 10:42
Re: JUBILACION 68 AÑOS DE EDAD

Verifica primeramente las semanas cotizadas y atiende a lo siguiente:

Artículo 162 LSS. Para tener derecho al goce de las prestaciones del seguro de vejez, se requiere que el asegurado haya cumplido sesenta y cinco años de edad y tenga reconocidas por el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.

En caso que el asegurado tenga sesenta y cinco años o más y no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo precedente, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión. Si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del capítulo IV de este Título.

Artículo 154. Para los efectos de esta Ley existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad.
Para gozar de las prestaciones de este ramo se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.

El trabajador cesante que tenga sesenta años o más y no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo precedente, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.

En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del capítulo IV de este Título.
 
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CP_PACO
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27/Ene/09 22:14
Re: JUBILACION 68 AÑOS DE EDAD

:neutral: Buenas noches. Una vez que ha verificado las semanas cotizadas, puede pedir al imss que le haga un analisis para ver por cual de los regimenes de ley podria pensionarse, si x el de 1973 o el de 1997.

Salut,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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28/Ene/09 15:52
Re: JUBILACION 68 AÑOS DE EDAD

Sonico, si no cuenta con alguna cotizacion antes de 1997 entonces le aplicarian los requisitos mostrados por paco y no tendria derecho a pension. En caso contrario aplicara lo comentado por el Lic.

Saludos
 
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juancarm
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