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21/Ene/09 21:32
Servicio 15% y venta de libro 0% de Iva, ¿artículo 17 CFF?

Qué tal, saludos a todos, les molesto con una consulta, de antemano muchas gracias:


Se trata de una SA que imparte clases de inglés y también vende libros editados por ella para complementar la impartición de las clases.

Para efectos de Iva el servicio está gravado al 15%, y la venta de los libros editados al 0%.

¿Se debe hacer la separación de conceptos en la factura para que el servicio esté gravado al 15% y el libro al 0%?

Tengo la duda porque según el artículo 17 del CFF cuando se enajenen bienes conjuntamente con un servicio se considerará que el total del valor es servicio, entonces, siendo así, todo el servicio estaría gravado al 15%.

¿Qué opinan?


Les reitero mi agradecimiento por sus comentarios, saludos...









Editado: Enero 21, 2009 21:42:32
 
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cisneros
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21/Ene/09 22:44
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

Busca responderte en la LIVA a qué tasas gravarian tus actividades. Si no existiera esa respuesta en la LIVA, quizas pueda ser aplicable el CFF

No he leido ese articulo todavia, pero mañana te indico mi opinion al respecto.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Ene/09 08:11
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

Cuando se dió de alta como se registró la actividad del IVA? al 15%? al 0%? o ambas?

Lo correcto sería hacer la separación de las actividades con base en lo siguiente:

Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

Comprobantes señalando IVA que se traslada
III.-
Expedir comprobantes señalando en los mismos, además de los requisitos que establezcan el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, el impuesto al valor agregado que se traslada expresamente y por separado a quien adquiera los bienes, los use o goce temporalmente o reciba los servicios. Dichos comprobantes deberán entregarse o enviarse a quien efectúa o deba efectuar la contraprestación, dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se debió pagar el impuesto en los términos de los artículos 11 , 17 , y 22 de esta Ley.

Traslación del impuesto en forma expresa y por separado, excepto tasa 0%
En todo caso, los contribuyentes estarán obligados a trasladar el impuesto en forma expresa y por separado en la documentación a que se refiere esta fracción, cuando el adquirente, el prestatario del servicio o quien use o goce temporalmente el bien, así lo solicite. Lo dispuesto en este párrafo no se aplicará tratándose de los contribuyentes a que se refiere el artículo 2o.-A de esta Ley.
 
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CP_PACO
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22/Ene/09 17:54
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

El 17 del CFF NO DICE ESO!!!!!!


Artículo 17.
......................................
Cuando con motivo de la prestación de un servicio se proporcionen bienes o se otorgue su uso o goce temporal al prestatario, se considerará como ingreso por el servicio o como valor de éste, el importe total de la contraprestación a cargo del prestatario, siempre que sean bienes que normalmente se proporcionen o se conceda su uso o goce con el servicio de que se trate.
......................................


¡¡¡donde dice que se ENEJENEN BIENES???



La lectura correcta es se proporcionen bienes!!!!!



la diferencia es que cuando prestas un servicio y enajenas un bien, realizas 2 actividades (a la tasa de cada actividad) y cuando prestas un servicio y otorgas un bien solomente realizas 1 actividad (a la tasa de una actividad solamente)







saludos
 
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AztkTax
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22/Ene/09 18:12
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

La SA, a través de sus maestros, al iniciar cada uno de los módulos les entrega a los alumnos un material didáctico (libros editados por la propia sociedad).

Al finalizar cada módulo (1 módulo = 1 mes) la SA les factura a sus clientes el servicio al 15% de Iva y el libro al 0% de Iva.

Ahora bien, al leer el artículo 17 del CFF me queda la duda, ya que, como dice AztkTax, juntamente con el servicio se está proporcionando un material de apoyo didáctico para los alumnos.

¿Creen ustedes que la autoridad, en base al artículo 17 CFF, quiera considerar TODO como servicio y cobrar así el 15% de Iva sobre el total?


De nuevo gracias por sus comentarios.
 
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cisneros
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22/Ene/09 18:26
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

Esto te puede servir

RM 2008-2009 LIBRO I-CFF
I.2.4.17. Forma en que se tiene por cumplida la obligación de desglosar en los comprobantes los impuestos que deban trasladarse por tasa de impuesto






Para los efectos de los artículos 29, 29-A y 29-C del CFF, los contribuyentes que expidan comprobantes en los que trasladen impuestos en forma expresa y por separado, a efecto de tener por cumplida la obligación de desglosarlos por tasa de impuesto, podrán estar a lo siguiente:
I. Cuando la totalidad de los actos o actividades que ampara el comprobante se encuentren sujetos a la misma tasa de impuesto, bastará con que el impuesto trasladado se incluya en forma expresa y por separado sin que sea necesario señalar la tasa aplicable.
II. Si el comprobante ampara actos o actividades a los que les sean aplicables tasas distintas del mismo impuesto, deberá señalar el traslado que corresponda a cada una de las tasas, indicando la tasa aplicable o bien, podrán optar por separar los actos o actividades en más de un comprobante, y aplicar lo dispuesto en la fracción I de esta regla.
III. Si lo que ampara el comprobante incluye actos o actividades gravados y exentos, deberá señalarse el monto o suma de los gravados y de los exentos y, en caso de que los gravados lo sean a tasas distintas será aplicable, adicionalmente, lo dispuesto en la fracción II de esta regla, incluida la opción de separar los actos o actividades en más de un comprobante aplicando lo dispuesto en la fracción I de esta regla.
IV. En el caso en que se deban trasladar dos impuestos, el comprobante deberá indicar el importe que corresponda a cada impuesto por separado y mencionando la tasa e impuesto aplicable.
V. Solamente en el caso de que sea aplicable la tasa del 0% de impuesto en la totalidad de los actos o actividades contenidos en el comprobante no será necesario hacer separación o desglose del impuesto.
CFF 29, 29-A, 29-C, (RMF 2007 2.4.22.)
 
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22/Ene/09 18:42
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

cisneros, entiendo el origen de tu duda pero dejame enfocarlo de la siguiente manera, tu suministras o propocionas (de manera gratuita) libros a los estudientes o se los vendes????


si se los otorgas toda la contraprestación corresponde a un servicio, el cual esta gravado a la tasa que maneje el IVA para esa actividad, pero si tu se los vendes tienes dos actos gravados a las tasas que le corresponde a cada uno

ahora, el que la autoridad te exija el IVA por toda la contraprestación depende ¿como facturas? mejor dicho, como trasladas el impuesto (forma expresa y por separado)
 
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AztkTax
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22/Ene/09 19:05
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

Otra vez gracias AztkTax, te comento que estás llegando al punto.

En las facturas que se entregan a los clientes se detallan dos cosas:

1) Servicio de enseñanza y asesoría en el idioma inglés $1,000.00
2) Libro electrónico editado para apoyo del idioma inglés $ 500.00


3) Iva trasladado al 15% $ 150.00

4) Total $1,650.00



Tengo la incertidumbre acerca de que la autoridad quiera, en base al artículo 17 CFF, convertir toda la base como si fuera un servicio y cobrar así el 15% de Iva sobre $1,500.00


¿Qué opinas?
 
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cisneros
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22/Ene/09 20:05
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

si tu inquietud es que hacienda pueda basarse en el 17 para exigirte el pago, pues claro que puede!!, ahora de que te lo cobre depende de los argumentos que des y creo que se ha aportado la idea principal del 17, ahora toma en cuenta la aportación de arturo, creo que ahí se aclara que si tengo un acto exento lo separo de los actos gravados y desgloso el iva de los actos gravados a la tasa que les corresponde
 
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AztkTax
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23/Ene/09 07:54
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?

Para mayor énfasis, en el detalle de la venta de libros, efectua la aclaración de la tasa correspondiente....
 
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CP_PACO
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