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21/Ene/09 16:42
comisión por venta de seguro de vida

Una aseguradora me paga comisión por vender seguros de vida a mi cartera de clientes, este ingreso gravaría tanto para ISR/IETU como para IVA verdad? o me equivoco?
 
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Rosalba
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21/Ene/09 16:46
Re: comisión por venta de seguro de vida

tu que piensas ?.........es que primero afirmas preguntando ......'gravaría tanto para ISR/IETU como para IVA verdad?'

y luego , niegas preguntando .....'o me equivoco? '..........

por eso te digo, cual es tu opinion

grava o no ?


saludos
 
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lobozac
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21/Ene/09 17:44
Re: comisión por venta de seguro de vida

Desde mi punto de vista si grava
 
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Rosalba
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21/Ene/09 22:38
Re: comisión por venta de seguro de vida

Tienes razon si grava el IVA, pues es un servicio lo que desarrollas como actividad, y se encuentra encuadrada dentro de las actividades que se señala en el art 1 LIVA

Pero, debes responder las siguientes preguntas ¿A que tasa le corresponder gravar? y ¿porque?

Para contestarlas busca en el apartado de servicios si es posible gravar a la tasa de 0% o exentas.

Si tu actividad no se encuentra en esos apartados del 0% o exenta. Entonces por logica debe corresponder a la tasa generica.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Ene/09 08:21
Re: comisión por venta de seguro de vida

Bajo los siguientes artículos tu actividad es gravable para ISR tanto como para IETU

Artículo 1 LIETU. Están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única, las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización de las siguientes actividades:

Enajenación de bienes
I. Enajenación de bienes.

Prestación de servicios
II. Prestación de servicios independientes.


Uso o goce temporal
III. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.


Artículo 1o LISR. Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

Residentes en el país
I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
 
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CP_PACO
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22/Ene/09 13:16
Re: comisión por venta de seguro de vida

gracias por sus comentarios, me quedo bastante claro. Muy buena tarde
 
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Rosalba
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22/Ene/09 15:40
Re: comisión por venta de seguro de vida

Hola,

Hasta donde tengo entendido, las Compañías de Seguros te entregan no sé si cada mes o cada vez que te pagan un estado de cuenta con los ingresos y las retenciones, y la comisión por el cobro de seguros de vida esta exenta del pago del IVA de acuerdo al Artículo 15 fracción IX de la Ley del IVA, en cuanto a ISR y IETU si están gravados.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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22/Ene/09 20:50
Re: comisión por venta de seguro de vida

COINCIDO CONTIGO..............CLARO QUE GRAVARIA


ME QUEDA LA DUDA, DICES 'Una aseguradora me paga comisión '


ENTREGAS RRECIBOS DE COMISIONISTA ?, O FACTURAS?

ESTAS DADA DE ALTA COMO TAL ANTE EL SAT ?

HAY MAS TELA DE DONDE CORTAR


SALUDOS
 
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lobozac
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23/Ene/09 07:58
Re: comisión por venta de seguro de vida

En mi opinión debe de estar dado de alta como comisionista... pero habrá que esperar a que se nos confirme o aclare
 
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CP_PACO
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