19/Ene/09 17:02
La anual del 2008 me sale un ISR a favor porque en los pagos provisionales me aplique el Subisio al Empleo, en otras palabras solo pague via acreditamiento del Subisio al Empleo, este saldo a favor de ISR puedo compensarlo contra los pagos provisionales de IETU en el 2009???
Mi duda surge porque el ISR solo fue un pago virtual, pues no desembolse dinero alguno para generar dicho saldo a favor.
De antemano Gracias
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JHSR
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19/Ene/09 17:19
Re: ... VS IETU???
Segun los del SAT ese pago por ISR efectuado con CAS o SE no procede acreditarse, segun sus lineamientos y criterios aprobados.
En diversos foros por mi parte he señalado una postura opuesta, ya que la LIETU, señala que si es UN PAGO PROVISIONAL DE ISR, se acredite de manera integra.
Claro que la LIETU no esta tan clara como lo expreso en su redaccion.... y si resulta medio molesta estar intentando advinar o en analizar el procedimiento correcto.
Segun indican los del SAT que si aplican esos acreditamientos con CAS o SE en PP de ISR, y que despues sean acreditados al IETU, los requeriran.
E incluso en algun cursos que tome con varios administradores de la SHCP, argumentaron que aceptan la existencia de ciertas contradicciones en la redaccion del texto manifesados en los terceros parrafos de los articulos 8 y 10 LIETU. Pero, que ellos ya tienen tomados sus criterios que no piensan cambiarlos hasta que alguna autoridad superior se los cambie.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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19/Ene/09 17:23
Re: ... VS IETU???
Lee esos parrafos que te indico, y pasate a leer las contradicciones de la LIETU
Pero si se tiene la oportunididad de acreditarse esos CAS o SE contra ISR retenido, mejor que se apliquen contra esos impuestos y no contra ISR propio, para no llegar a contrariar los criterios del SAT
Actualmente existe un criterio del SAT sobre la devolucion de CAS o SE, no comprendo por que subsiste el criterio del SAT en contra del acreditamiento vs IETU, cuando previamente sea acreditado ante PP ISR
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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19/Ene/09 20:39
Re: ... VS IETU???
pero como te libras del 5to párrafo del 10???
Art 10
.............................
El pago provisional del impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado, en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como el que le hubieren efectivamente retenido como pago provisional en los términos de las disposiciones fiscales. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones establecidas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
.............................
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20/Ene/09 09:31
Re: ... VS IETU???
alguien tiene el criterio del SAT ???
De antemano gracias
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JHSR
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20/Ene/09 14:17
Re: ... VS IETU???
PUES ENRIQUE NOS VA A APOYAR CON EL 'CRITERIO'......PUESTO QUE EL AFIRMA QUE EXISTE.............Y SEGUN LA MAXIMA, ...ESTA OBLIGADO A PROBAR
SALUDOS
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lobozac
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22/Ene/09 18:17
Re: ... VS IETU???
No existe un criterio al respecto por parte del SAT, creo que lo que trato de decir enrique cuando mencionó la palabra 'criterio' era su interpretación particular, sin embargo yo no creo que se tenga que interpretar la ley ya que el art. 10 LIETU señala que lo que no es 'ISR efectivamente pagado'
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AztkTax
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22/Ene/09 20:47
Re: ... VS IETU???
COINCIDO CONTIGO AZTK TAX...SE SEÑALA CLARAMENTE
SALUDOS
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lobozac
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25/Ene/09 02:26
Re: ... VS IETU???
Pues si es trasquilado el art 10 ya no se puede intepretar apropiadamente
Y con relacion al criterio que solicita LOBOZAC, puede ir a solicitarselo a la SHCP o al SAT para qué requieren den 'gatos'... Así las intepretaciones se aplicarian de primera mano.
Considero por mi parte, que los acreditamientos de CAS o SE, que se realizaron a pagos provisionales de ISR PROPIOS, deben acreditarse todo el PP ISR vs el IETU o sus pagos provisionales.
Pero, el anterior es mi intepretacion personal. Que es seguro que el SAT no lo comparte y otros compañeros foristas.
No tengo, que pensar igual que ellos. Ni ellos que piensen igual que yo.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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25/Ene/09 10:33
Re: ... VS IETU???
'Y con relacion al criterio que solicita LOBOZAC, puede ir a solicitarselo a la SHCP o al SAT para qué requieren den 'gatos''..............
que paso don enrique ?..............asi no son las cosas, mira que afirmar y luego maNDAR BUSCAR ?..................ALGO ASI COMO, ......'MIREN, CON MIS COMENTARIOS, YO DIGO LA VERDAD, PERO SI NI ME CREEN BUSQUEN' ............ JEJEJEJEJEJEJEJE, QUE PUES
TA´BIEN DON ENRIQUE, TA´BIEN
ENTONCES DONDE QUEDA 'NUESTRA ' CREDIBILIDAD ??????????
EN FIN, GRACIAS POR TUS COMENTARIOS
SALUDOS
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lobozac
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