Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
07/Ene/09 16:55
DEDUCCIONES A TRAVES DE TERCEROS

Hola, buenas tardes

En la figura de reposicion de gastos a traves de terceros autorizados
ala que se refiere el articulo art 35 del RISR

cual es el tratamiento que se le da, ya que en ocaciones no es posible expedir cheque
ya que se viaja mucho y al momento de adquirir algun articulo lo paga el tercero.

puedo reponer el gasto expidiendo el cheque a nombre de la persona que lo efectue
auque el importe consignado en las facturas sea mayos a $ 2,000.00 y en que momento
acredito el iva hasta que se expida el cheque o en la fecha consignada en las facturas.

agradeceria me pudieran ayudar.
de antemano gracias.
 
Perfil

JENYFER
Soldado

Mensajes: 14
Ingresó: Enero 06, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
07/Ene/09 17:11
Re: DEDUCCIONES A TRAVES DE TERCEROS

Creo que lo siguiente aclarará tu duda:

Artículo 35. Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31 , fracción III de la Ley.

Documentación de las deducciones
III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios
, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

En cuanto al acreditamiento del IVA yo lo efectuaría desde que el trabajador te haga llegar la comprobación de gastos independientemente de la fecha de reposición.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14636
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
07/Ene/09 17:40
Re: DEDUCCIONES A TRAVES DE TERCEROS

REZA UN PRINCIPIO, .........DONDE LA LEY NO DISTINGUE...........NO DISTINGAS..........LA LEY ES IMPERATIVA, HAY QUE APLICARLA .........'deberá expedir cheques nominativos '.........ASI DE ENTRADA......DE AHI SE DERIVA TODO


ESPERO TUS COMENTARIOS


SALUDOS Y FENOMENAL 2009




SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1