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26/Dic/08 11:54
COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

Ojala alguien pudira orientarme un poquito...

Una PM que es AC no lucrativa es la uniòn de locatarios de un mercado en guadalajara....
Se consituyen en AC no lucrativa sus ingresos solo son las aportaciones que los locatarios hacen para el mantenimiento del mercado, no se les da ningun comprobante...y los gastos solo son de luz agua, pintura, etc. no solicitaron comprobantes fiscales... todos sus gastos son con nota de venta,,
Cada locatario esta inscrito como repeco y de forma independiente pagan sus impuestos.


Mis dudas son:
1.- Se deben expedir comprobantes fiscales por las aportaciones de los locatarios?
2.- Entre las aportaciones y los gastos que tiene el mercado queda una cantidad a favor... es decir los ingresos son mayores que los egresos... pero esto no es remante distribuible... porque no proviene de actividades que realice en si el mercado.. es el sobrante de las aportaciones de los locatarios... ¿que se hace con esas cantidades? ¿solo se guardan para futuros gastos?
3.- Se que se puede llevar contabilidad simplificada....es esto correcto??
4.- No se presenta declaracion anual de ISR???
5.- Si no existe remante distribuible solo se presenta en ceros esta declaracion informativa??

Gracias de antemano.. muchas gracias... Amigos!!!
 
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cielo178
Sargento Segundo

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26/Dic/08 17:49
Re: COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

colega revisa el artículo 101 LISR, tendras un panorama más amplio a tus dudas.
 
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garcyasocp
Capitán Segundo

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27/Dic/08 22:25
Re: COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

Mis dudas son:
1.- Se deben expedir comprobantes fiscales por las aportaciones de los locatarios?
Si, de esa manera los locatarios deducen ese comprobante como gasto propio de sus negocios, en lugar de los comprobantes de la luz, mantenimientos, veladores, vigilancia, clima, etc

2.- Entre las aportaciones y los gastos que tiene el mercado queda una cantidad a favor... es decir los ingresos son mayores que los egresos... pero esto no es remante distribuible... porque no proviene de actividades que realice en si el mercado.. es el sobrante de las aportaciones de los locatarios... ¿que se hace con esas cantidades?
Serian aportaciones para sufragar gastos futuros, por los cuales no son objeto de la LISR, segun el art 1 LISR

¿solo se guardan para futuros gastos? Asi es.

3.- Se que se puede llevar contabilidad simplificada....es esto correcto?? Yep

4.- No se presenta declaracion anual de ISR??? Si se presenta declaracion anual, pues se expiden comprobantes, estarias dado de alta en el RFC de la SHCP, reimprime la CIF desde el portal del SAT ahi vienen todas las obligaciones fiscales vigentes a la fecha actual, ahi debe incluirse la presentacion de la declaracion anual entre otras

5.- Si no existe remante distribuible solo se presenta en ceros esta declaracion informativa?? La presentacion de declaraciones no necesariamente tendria que haber pagos a cubrirse, para eso es la declaracion para informar como es que se cubririan los impuestos si es que es pertinente efectuarlos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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29/Dic/08 18:04
Re: COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

Gracias Enrique.... los locatarios son repecos... por lo cual no 'necesitan' estos comprobantes para deducirse... en el art. 101 fra II dice: Expedir comprobantes que acrediten las enajenaciones que efectúen, los servicios que presten o el otorgamiento deluso o goce temporal de bienes.....

Enrique... en estos conceptos se considera lo de las aportaciones de los socios??? no seria esto las actividades propias para la que fue creada la AC, y como en este caso no vende nada, no prestan servicios, y no rentan nada.. es ahí donde está mi confusión... disculpa si es esto una pregunta de parvulos....

Ahora.. si la AC si paga luz agua, etc, y las aportaciones de los socios no son ingresos.. como presenteo el ietu...
Ingresos 0
Deduciones... 15 (pensando en luz, agua, etc)
simpre base 0

?????

Gracias por tu ayuda..
 
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cielo178
Sargento Segundo

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30/Dic/08 08:44
Re: COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

que tal amigo en cuanto al IETU checa el articulo 4, el cual dice que estan exentas las asociaciones patronales y 'camaras de comercio' a como explicas en tus comentarios se asemeja a una camara de comercio que agrupa a sus miembros para representarlos. seria cuestion de que revises bien sus estatuos y objetivo social. si es asi, solo cambia la actividad a 'camaras de comercio' en el portal del SAT, automaticamente te dara de baja la obligacion del IETU e incluso del IVA.

ahora bien de no ser asi(que en el acta no aparesca nada que la defina como camara o agrupacion de comerciantes), toma en cuenta que los ingresos que recibe la AC. son exentos para ISR. por lo que no serian sujetos de IETU, por no ser una actividad lucrativa. en cuanto a la contabilidad no estoy de acuerdo en que se lleve como simplificada ya que el codigo marca que las PERSONAS MORALES, deberan llevar contabilidad (te debo el fundamento) solo en el caso de repecos y personas fisicas intermedio y si acaso honorarios pueden llevar una contabilidad simplificada.de acuerdo al Titulo IV, usando la logica, si no llevas contabilidad no hay una trasparencia de los ingresos hacia los socios. ¿No lo crees?

Saludos.
 
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claviga9
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30/Dic/08 11:57
Re: COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

Gracias,,, en cuanto al ietu no tiene esa obligacion... y si en sus estatutos dice 'union' lo de la contabilidad simplicada esta en el art. 106 del reglamento del isr...

Basicamente mi duda es en como debo de tomar las aportaciones de los socios... yo creo que no se deben expedir comprobantes fiscales... tu que opinas???

De ahi en mas no tiene otros ingresos.. porque cada integrante tributa bajo el regimen de pequeños contribuyentes...
 
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cielo178
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30/Dic/08 13:08
Re: COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

cielo178:
Basicamente mi duda es en como debo de tomar las aportaciones de los socios... yo creo que no se deben expedir comprobantes fiscales…….


Asi es, no es necesario expedir comprobantes fiscales y dichas 'aportaciones' debes considerarlas como tales, es decir, como 'Aportaciones para Futuros Aumentos de Capital'.

Para ello, es conveniente celebrar una Asamblea General Ordinaria de Accionistas con fecha de Diciembre del año pasado, en donde se acuerde que los socios efectuarán mensualmente aportaciones (sin especificar los importes) para Futuros Aumentos de Capital, los cuales debes contabilizar como tales.

Al finalizar el año tienes 2 opciones, dejar las aportaciones como tales, o en su defecto 'capitalizar' las mismas y enviarlas como Capital Social, yo recomiendo la primera opción.


Feliz Año 2009



Saludos





Editado: Diciembre 30, 2008 15:45:52
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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30/Dic/08 14:13
Re: COMPROBANTES EN ASOCIACION CIVIL NO LUCRATIVA

M U C H A S G R A C I A S..........
 
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cielo178
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