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16/Dic/08 09:48
Deduccion de Factura

La empresa X contrato a la empresa Y para que le diera el servicio de publicidad ambos son regimen intermedio, mi pregunta es

Puede deducir la empresa X una factura que le dio la empresa Y pagada en efectivo con un valor de 6900 cubierta en parcialidades aplicando el articulo 134 parrafo II que dice textualmente:

II. En lugar de aplicar lo dispuesto en el tercer párrafo de la fracción III del artículo 133 de esta
Ley, podrán anotar el importe de las parcialidades que se paguen en el reverso del
comprobante, si la contraprestación se paga en parcialidades.

Espero contar con sus opiniones

Gracias
 
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fega
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16/Dic/08 16:44
Re: Deduccion de Factura

fega:
Puede deducir la empresa X una factura que le dio la empresa Y pagada en efectivo con un valor de 6900 cubierta en parcialidades aplicando el articulo 134 parrafo II que dice textualmente:

II. En lugar de aplicar lo dispuesto en el tercer párrafo de la fracción III del artículo 133 de esta
Ley, podrán anotar el importe de las parcialidades que se paguen en el reverso del
comprobante,
si la contraprestación se paga en parcialidades.


Claro que si, es totalmente deducible y aplica para las Personas del Regimen Intermedio, independientemente de quien sea el Adquirente del Bien o Servicio.




Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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16/Dic/08 17:09
Re: Deduccion de Factura

No comprendo, ¿cual es la pregunta? Pareciese que se realiza simplemente comentarios.

Se expresa la fundamentacion, entonces ¿cual es la duda? ¿A caso, se debe por que se indica que se liquido en efectivo?

¿Que clase de efectivo? ¿Esta es la duda?

No, lo entiendo...

Si los pagos se realizaron en dinero, sin la aplicacion de algun cheque o algun medio electronico, pudiera pensar en considerarlos como no deducibles esas erogaciones, aun cumpliendose todos los demas requisitos ya comentados.

Pero, es opcion del contribuyente, aplicar el criterio que considere prudente, con la sapiencia que la autoridad pudiese aplicarle una RECUADACION
Editado: Diciembre 16, 2008 17:13:19
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Dic/08 19:59
Re: Deduccion de Factura

El asunto es el siguiente se supone que las facturas arriba de 2000.00 las tienes que pagar con cheque tarjeta etc...

Si la empresa X contrato a la empresa Y para que le diera servicio de publicidad durante un mes y resulta que la empresa Y le factura a la empresa X por 6900 incluyendo iva pero la empresa X le ha dado abonos por menos de 2000 en efectivo a la empresa Y y esta a su vez aplica el articulo 134 parrafo II que dice textualmente:

II. En lugar de aplicar lo dispuesto en el tercer párrafo de la fracción III del artículo 133 de esta
Ley, podrán anotar el importe de las parcialidades que se paguen en el reverso del
comprobante, si la contraprestación se paga en parcialidades.

Sera deducible la factura de 6900 para la empresa X que le expidio la empresa Y???

esa es la incognita enrique
 
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fega
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16/Dic/08 20:42
Deduccion de Factura

El Articulo en mencion correlacionado con el 133 de LISR se tipifica como obligaciones de los contribuyentes, por lo cual la facilidad aplica para quien expide el comprobante mas no para quien deduce. Recordemos que los requisitos de deducciones estan claramente tipificados en el caso de personas fisicas en el 125 correlacionado con el 31 de LISR.
 
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elvin
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16/Dic/08 23:05
Re: Deduccion de Factura

fega:
…..ha dado abonos por menos de 2000 en efectivo a la empresa Y


El Art. 125 en su último párrafo refiere que para efectos de las deducciones, se aplique lo señalado en el Art. 31 Fracc. III entre otros.


LISR
Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

III.Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

Como puede observarse, este artículo menciona la palabra 'PAGOS', dentro de los cuales se encuentran los Pagos Parciales, no se habla en dicho artículo del PAGO TOTAL de una operación, sino de Pagos en general y en tu caso no excedieron de $ 2,000.00

Definición de PAGO:El Pago es uno de los modos de extinguir las obligaciones que consiste en el cumplimiento efectivo de la prestación debida, sea esta de dar, hacer o no hacer (no solo se refiere a la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa). Pago es el cumplimiento del contenido del objeto de una prestación..........


Sera deducible la factura de 6900 para la empresa X que le expidio la empresa Y???


Claro que sí, por lo anteriormente expuesto y además por lo siguiente:

LISR

Artículo 125. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:

I.Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito………..



Saludos








Editado: Diciembre 16, 2008 23:09:54
 
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CHAVALON
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17/Dic/08 08:01
Re: Deduccion de Factura

Para poder deducir pagando en efectivo el comprobante tiene que ser por la cantidad de 2,000 pesos, ya que existe el requisito de pagar con cheque nominativo, transferencia, etc, y la última facilidad publicada hace dos semanas a través de la figura de la compensación, que es cuando se reúne la fgura de acreedor y deudor en ambos contribuyentes, lo que tienes que hacer es cambiar los comprobantes, después de todo se supone que quien recibió el dinero ya lo acumuló fiscalmente en el mes en que lo recibió, por lo que haría un comprobante por cada pago recibido, al que emite el comprobante no le afecta, a menos que todavía no lo acumule, y para eso no habría respuesta.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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17/Dic/08 08:24
Re: Deduccion de Factura

Se entiende que se efectúan enajenaciones a plazo con pago diferido o en parcialidades, cuando se efectúen con clientes que sean público en general, se difiera más del 35% del precio para después del sexto mes y el plazo pactado exceda de doce meses. No se consideran operaciones efectuadas con el público en general cuando por las mismas se expidan comprobantes que cumplan con los requisitos a que se refiere el Artículo 29-A de este Código.

El artículo 14 del Código Fiscal de la Federación define lo que es pago en parcialidades, la transacción de este caso no califica para ser considerado un pago en parcialidades por lo que es una transacción en la que el pago debió ser realizado con cheque para abono en cuenta, transferencia, tarjeta.

Cualquier concepto señalado en las leyes debe ser definido en las mismas, cuando no lo es entonces acudimos al sentido común, en este caso la enajenación en parcialidades esta definida en el Código Fiscal de la Federación, que se utiliza a falta de definición expresa en la LISR y la LIVA, de hecho estas leyes para la definición de enajenación hacen referencia al mismo artículo 14 del CFF.

Siempre va a ser más fácil expedir un comprobante por cada pago, tenemos dos supuestos derivados de la LISR, los ingresos se consideran cuando el bien se entrega, se recibe el pago o se factura, etc, para quien los paga existen una serie de requisitos, entre ellos el ya mencionado del pago, el que este desglosado el impuesto al valor agregado, es decir, ¿Qué le impide a la empresa que recibió el pago expedir nuevos comprobantes?, se supone que ya los acumuló, por lo que sus ingresos fiscales no van a cambiar,ni el IVA cobrado, si lleva contabilidad aún no estando obligado su registro contable tampoco cambia poorque los ingresos los puedes registrar aunque no haya factura.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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17/Dic/08 17:01
Re: Deduccion de Factura

Hola:

Mientras se realicen pagos menores a $ 2,000 podría aplicarse la deducción correspondiente. E indico 'podría', pues faltaría verse SI cumple el último requisito, de indicar en el reverso de la factura o en el cuerpo del comprobante, la manera en que se hicieron efectivos los pagos correspondientes. Aunque esta disposicion va mas de la mano con respecto al IVA en cuanto a su acreditacion relativa. Pero, la LISR también supedita la deducción, con relación al acreditamiento del IVA.

Además, existirá la posibilidad por el tiempo que no se presente la caducidad por esa declaración, de que la autoridad obtenga un criterio distinto al aplicado por el contribuyente, que al juicio de ella, considere que deba desvirtuar la consideración del contribuyente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Dic/08 19:52
Re: Deduccion de Factura

Entonces enrique estas entre que si es deducible y no esto a desicion del auditor supongo que eso es lo que quieres decir
 
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fega
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