05/Dic/08 15:14
ACREDITAMIENTO DE PAGOS DEL IETU
Buenas tardes colegas, al respecto, la situacion es la siguiente....
Tengo un pago provisional de IETU en Enero por 52,000, pero el cliente solo paga 10,000 en Febrero, hasta Mayo paga los 42,000 restantes.... como debo de considerar el pago de Febrero y el de Mayo, es decir en que momento acredito los 42,000?
si fuera hasta Mayo.... en los pagos de febrero en adelante solo disminuiria 10,000, por lo que me resultarian pagos en exceso apartir de ese periodo en adelante y al momento que llega Mayo, al aplicarlo, me resulta un Saldo a favor grandisimo....
Ya considere el art 10 4to parrafo LIETU... no encuentro en miscelanea algo al respecto...
es correcta o equivocada mi consideracion...
Saludos y muchas gracias de antemano
'La felicidad no consiste en hacer lo que quieres, si no en querer lo que haces.'