21/Nov/08 10:25
Re: Maternidad subsidios
REQUISITOS PARA EL PAGO DEL SUBSIDIO PRO MATERNIDAD
ART. 102 LSS Para que la asegurada tenga derecho al subsidio que se señala en el articulo anterior (Art. 101 LSS), se requiere:
I.- Que haya cubierto por lo menos
30 cotizaciones semanales en el periodo de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio.
...
No obstante lo anterior, si la mujer asegurada ante el IMSS no cubre éste requisito, el patrón se encuentra obligado a pagarle su salario íntegro por dichos periodos de incapacidad.
Art 170 LFT.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:
V.- Durante los periodos de descanso a que se refiere la fracción II, percibirán su salario íntegro. En los casos de prórroga mencionados en la fraccón III, tendrán derecho al cincuenta porciento de su salario por un periodo no mayor de sesenta dias.
DEBIDO A LO ANTERIOR, ES QUE LOS PATRONES AL HACER CONTRATACIONES DE MUJERES LES SOLICITAN LAS PRUEBAS DE EMBARAZO, POR QUE DE NO CUMPLIR CON LAS SEMANAS COTOZADAS PARA EL IMSS, ELLOS TENDRIAN LA OBLIGACION DE PAGAR LOS PERIODOS DE INCAPACIDAD.
DISCRIMINATORIO, PERO A LOS PATRONES LES AFECTA DE MANERA FINANCIERA
SALUDOS