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15/Nov/08 12:52
FALLECE PENSIONADO

BUENAS TARDES A TODOS.

QUE SUCEDE AL FALLECER UN PENSIONADO Y TIENE COMO BENEFICIARIO A SU ESPOSA, EN ESTE CASO, A QUE TENDRIA DERECHO SU ESPOSA,
-TENDRIA DERECHO A SEGUIR PERSIBIENDO LA PENSION.
-TENDIRA DERECHO A SEGUIR RECIBIENDO ATENCION MEDICA.

GRACIAS DE ANTEMANO POR SUS COMENTARIOS.
 
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JuanFranciscoMartinezRdz
Sargento Primero

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15/Nov/08 22:30
Re: FALLECE PENSIONADO

:neutral: Buena noches. La respuesta a ambas preguntas es: '-Sip, la viuda tiene derecho a seguir recibiendo la pensión y la atención médica del insseguro'.

Saludets,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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18/Nov/08 09:41
Re: FALLECE PENSIONADO

GRACIAS LIC. SUS COMENTARIOS COMO SIEMPRE DE GRAN AYUDA
 
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JuanFranciscoMartinezRdz
Sargento Primero

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18/Nov/08 18:51
Re: FALLECE PENSIONADO

Artículo 193 LSS. Los beneficiarios del trabajador titular de una cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez serán los que establecen las fracciones III al IX del artículo 84 , en relación con los artículos 129 al 137 de esta Ley.

En caso de fallecimiento del trabajador, si los beneficiarios legales ya no tienen derecho a pensión por el seguro de invalidez y vida, la Administradora de Fondos para el Retiro respectiva les entregará el saldo de la cuenta individual en partes iguales, previa autorización del Instituto.

El trabajador asegurado, deberá designar beneficiarios sustitutos de los indicados en el párrafo anterior, única y exclusivamente para el caso de que faltaren los beneficiarios legales. El trabajador podrá en cualquier tiempo cambiar esta última designación. Dicha designación deberá realizarla en la Administradora de Fondos para el Retiro que le opere su cuenta individual.

A falta de los beneficiarios legales y sustitutos, dicha entrega se hará en el orden de prelación previsto en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo. Cualquier conflicto deberá ser resuelto ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
General Brigadier

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20/Nov/08 12:42
Re: FALLECE PENSIONADO

Buenas tardes.
Referente a lo que tiene derecho la viuda , ademas de la pension y la atencion por parte del seguro social (IMSS) .
Tambien tiene derecho a la ayuda para los gastos funerarios par los cuales tiene un plazo de un año para solicitarlos en la clinica adscrita a su domicilio, que de acuerdo a el ART. 64 de LSS es lo siguiente:
.- El pago de una cantidad igual a sesenta días de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal en la fecha de fallecimiento del asegurado.

Este pago se hará a la persona preferentemente familiar del asegurado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral;
Espero les sirva, mi comentario.
 
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mariahil
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20/Nov/08 20:57
Re: FALLECE PENSIONADO

Es importante ubicar que tipo de pensión tenía la persona.

Si es de Invalidez, Cesantía o Vejez le corresponde a la viuda el 90%.

En caso de ser de Riesgo de Trabajo, le correspondería a la viuda el 40% cubriendo ciertos requisitos.

Para las viudas es importante revisar el artículo 132 LSS
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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